STSJ Comunidad Valenciana , 14 de Mayo de 2003

PonenteFRANCISCO JAVIER LLUCH CORELL
ECLIES:TSJCV:2003:3958
Número de Recurso905/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución14 de Mayo de 2003
EmisorSala de lo Social

Recurso c/Auto núm. 9052003 Recurso contra Auto núm. 905/2003 Ilma. Sra. Dª. María Mercedes Boronat Tormo Presidente Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Lluch Corell Ilmo.Sr.D. Jesús Sánchez Andrada En Valencia, a catorce de Mayo de dos mil tres.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 2.011/2003 En el Recurso de Suplicación núm. 905/2003, interpuesto por Dª Natalia , Procuradora, en nombre de "LA CAIXA", contra el Auto de fecha ocho de Noviembre de dos mil dos, dictada por el Juzgado de lo Social núm. Tres de los de Valencia, en el proceso de ejecución tramitado con el núm. 349/2000, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Lluch Corell

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 19-11-2001 por el Juzgado de lo Social nº. 3 de Valencia y su provincia, se acordó requerir a "La Caixa D'Estalvis i Pensions de Barcelona" -en adelante, La Caixa- para que procediera al embargo y retención de los saldos existentes en las cuentas abiertas por la empresa objeto de ejecución "Cebrián y Valero, S.L." en cuantía suficiente para cubrir el importe de lo adeudado en el proceso de ejecución, que se cifraba en la cantidad de 6.386.306 pesetas de principal más 1.273.000 pesetas presupuestadas provisionalmente para intereses, costas y gastos. Asimismo se ordenaba que se procediera "a la retención de las cantidades que se vayan ingresando desde este momento en dichas cuentas, hasta completar el importe de lo adeudado por los conceptos mencionados, dando cuenta inmediatamente a este Juzgado de cada uno de dichos ingresos y de su traspaso a la cuenta indicada de este Juzgado".

SEGUNDO

Por resolución de 21-03-2002 se acordó requerir de nuevo a "La Caixa" a fin de que procediera a ingresar en la cuenta del Juzgado el importe de los saldos existentes en la cuenta de la empresa ejecutada desde el 20-11-2001, con apercibimiento de imposición de la multa coercitiva prevista en el artículo 239 de la Ley de Procedimiento Laboral -en adelante, LPL-.

TERCERO

El día 10-07-2002 se celebró una comparecencia incidental a la que fueron citadas las partes a efectos de imposición a "La Caixa" de la multa coercitiva prevista en el artículo 239 LPL. Tras la práctica de determinadas diligencias se dictó por el Juzgado de lo Social nº.3 de Valencia el auto número 403/2002 de 7 de octubre, en el que se acordó imponer a "La Caixa" una multa coercitiva de 150 euros diarios a partir...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR