STSJ Cataluña , 13 de Julio de 2004

PonenteJOSE JUANOLA SOLER
ECLIES:TSJCAT:2004:8709
Número de Recurso242/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución13 de Julio de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Tercera ROLLO DE APELACIÓN 242/2003 dimanante de Recurso contencioso-administrativo 56/2002 seguido ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo 4 de Barcelona S E N T E N C I A núm. 548 Ilustrísimos Señores Magistrados:

D. José Juanola Soler Da. María del Pilar Martín Coscolla D. Manuel Táboas Bentanachs BARCELONA, a trece de julio del dos mil cuatro.

Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el recurso apelación arriba expresado, seguido a instancia de RETEVISIÓN MOVIL SA, representado/a por el/la Procurador Don/Doña CARMEN FUENTES MILLAN, en su cualidad de parte apelante, contra el Ayuntamiento de PRATS DE LLUÇANES, no personado en esta instancia, y contra Ángela , representado/a por el/la Procurador Don/Doña JOANA M. MIQUEL FAGEDA.

En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo Sr. Magistrado Don José Juanola Soler.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de nº 4 de Barcelona y en los autos 56/2002, se dictó Sentencia num 151 de 17.7.2003 por la que se declaró la nulidad de la licencia de obras otorgada el 8.2.2000 por el Ayuntamiento de Prats de Lluçanes a Retevisión Móvil SA para instalar una estación base de telefonía celular de la red DCS 1800 en el sector El Raval de Sant Andreu, se ordenó la restauración de la legalidad urbanística mediante la retirada de las instalaciones y el cese de la actividad, así como la incoación de expediente sancionador por la realización de obras y actividades sin la preceptiva licencia, condenando al Ayuntamiento demandado y a la codemandada al pago a la actora de las costas causadas.

  2. - En la vía del recurso de apelación, recibidas las actuaciones correspondientes y habiendo comparecido la parte apelante finalmente se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 2004.6.30.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso de apelación tiene por objeto la pretensión de la parte apelante de que se revoque la sentencia apelada y se desestime el recurso contencioso-administrativo; subsidiariamente, que se ordene incoar expediente de revocación de la licencia y se acuerde la indemnización de daños y perjuicios por responsabilidad patrimonial.

SEGUNDO

A).- La Sentencia apelada contiene un primer pronunciamiento relativo a la nulidad de la licencia de obras concedida por el Ayuntamiento demandado a la codemandada - aquí apelante - el 8.2.2000 para la instalación de una estación base de telefonía celular de la red DCS 1800, por faltar la autorización de la Comissió d'Urbanisme de Barcelona, por cuanto el terreno está clasificado como suelo no urbanizable de especial interés paisajístico, y en suma por haberse prescindido totalmente del procedimiento legalmente previsto (artículos 127 y 128 del Decreto Legislativo 1/1990, Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en Cataluña en materia urbanística).

Consta que el Ayuntamiento ha tramitado posteriormente a la concesión de la indicada licencia de obras, y en relación con solicitud de autorización de obras en suelo no urbanizable para instalar una estación base de telefonía móvil, el procedimiento previsto en el art 127 y en el 128 del Decreto Legislativo 1/1990, Texto...

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