STSJ Comunidad Valenciana , 18 de Febrero de 2003
Ponente | RAFAEL SALVADOR MANZANA LAGUARDA |
ECLI | ES:TSJCV:2003:1323 |
Número de Recurso | 853/1999 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 18 de Febrero de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilmos. Sres.- Presidente:
D. MARIANO FERRANDO MARZAL Magistrados:
D. FRANCISCO HERVAS VERCHER D. RAFAEL S. MANZANA LAGUARDA SENTENCIA NUMERO 203/03 En la Ciudad de Valencia, a dieciocho de Febrero de dos mil tres.- VISTO, por la Sección Segunda de este Tribunal, el presente Recurso Contencioso-Administrativo num. 853/99, promovido por MEDIMAR YACHT SL, contra el Decreto num. 1895/99, de 28/Abril, de la Diputación Provincial de Alicante, sobre denegación de autorización de acceso al pk. 3,970 de la carretera CV-743 (Teulada a Moraira), en el que han sido partes, la actora, representada por el Procurador de los Tribunales D. Enrique Miñana Sendra y defendida por el Letrado D. Juan L. Maronda Frutos, y como demandada, la DIPUTACION PROVINCIAL DE ALICANTE, asistida por sus propios servicios jurídicos; ha pronunciado la presente Sentencia.
Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RAFAEL S. MANZANA LAGUARDA.
Interpuesto el Recurso y seguidos los trámites previstos en la Ley, se emplazó a la parte demandante al objeto de que formalizara su escrito de demanda, lo que verificó en tiempo y forma, solicitando se dictara Sentencia anulando por no ser ajustado a derecho el acto recurrido.
Por la parte demandada se contestó a la demanda mediante escrito en el que se solicitó la desestimación del recurso y la confirmación íntegra de las resoluciones objeto del mismo, por estimarlas ajustadas a derecho.
Habiéndose recibido el proceso a prueba, se practicó la propuesta por las partes que resultó admitida, y cumplido dicho trámite se dió traslado a éstas para que formalizaran sus escritos de conclusiones, verificado lo cual quedaron los autos pendientes de deliberación y fallo.
Se señaló para la votación y fallo del presente Recurso el día seis de los corrientes.
En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.
Mediante Decreto núm 1895/99, la Presidencia de la Diputación alicantina, deniega a la entidad actora autorización de acceso a la CV-743 (Teulada-Morarira), pk. 3,980, entendiendo que cabe habilitar el acceso a dicha vía provincial a través de la calle lateral colindante a la parcela donde se ubica dicha empresa.
La recurrente alega ante la Administración la vulneración de un derecho adquirido preexistente, ya que venía accediendo desde tiempo atrás a su local a través del punto por el que ahora se solicita la autorización, la violación del principio de igualdad, puesto que a otros negocios próximos se les viene permitiendo el acceso directo a la carretera Moraira-Teulada, y finalmente, la causación de importantes perjuicios económicos a su actividad de exposición y venta de embarcaciones de grandes dimensiones, que requieren su acceso por el punto solicitado, no pudiendo llevarse a cabo a través de la calle lateral.
La Administración ha actuado en el ejercicio de las competencias que en materia de seguridad viaria derivan de la Ley autonómica 6/91, de 27/Marzo, de Carreteras, la estatal de 29/Julio/88, su Reglamento de Ejecución de...
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