STSJ Aragón , 2 de Octubre de 2000

PonenteJUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
ECLIES:TSJAR:2000:2306
Número de Recurso655/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 2 de Octubre de 2000
EmisorSala de lo Social

1 Rollo núm. 655/1999 Sentencia núm. 938/2000 MAGISTRADOS ILMO. SRES:

D. JUAN PIQUERAS GAYÓ

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE En Zaragoza, a dos de octubre de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En el recurso de suplicación núm. 655 de 1999 (Autos núm. 252/1999), interpuesto por la parte demandante Dª. Rocío , contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número tres de Zaragoza, de fecha 17 de Junio de 1999, siendo demandado la UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA, sobre R. Cantidad.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Dª. Rocío , contra UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA, sobre R. Cantidad; y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social número Tres de Zaragoza, de fecha 17 de junio de 1999, siendo el fallo del tenor literal:

"Que desestimando la demanda promovida por Dª. Rocío contra la UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA, debo absolver y absuelvo al Ministerio demandado de todas las pretensiones deducidas en su contra."

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del tenor literal:

  1. - La actora Dª. Rocío , cuyas circunstancias personales constan en autos, presta sus servicios profesionales para la Universidad demandada con la categoría profesional de Oficial de Laboratorio y destino en el Laboratorio de Reproducción y Obstetricia del Departamento de Patología Animal de la Facultad de veterinaria.

  2. - La demandante presta sus servicios desde el año 1992.

  3. - La actora al menos desde abril de 1995 viene desempeñando las funciones que se describen en el Hecho Tercero de la demanda que se da por reproducido en los concretos particulares que se reseñan.

  4. - Consta propuesta de la Universidad demandada de modificación de la R.P.T. en relación al puesto de trabajo de la actora y su reconversión en uno de "técnico especialista" por desempeño de funciones de superior categoría según estudio de puesto de laboratorio y otros de abril de 1996. E1 puesto de trabajo de la actora ha sido recatalogado a técnico especialista en virtud de la publicación en BOA de 14-8-98 sobre relación definitiva de la R.P.T. de la Universidad demandada que obra unida a autos al folio 50 por lo que a la Facultad de Veterinaria se refiere, y que se da por reproducido. La reconversión producida es debida a: "desempeño de funciones de superior categoría según estudio de puestos de laboratorio 94-95".

  5. - La demandante es licencia en veterinaria, especialidad: medicina y sanidad.

  6. - Se da por reproducido el informe emitido por la Inspección de Trabajo, obrante al folio 35 de los autos".

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado dicho escrito por la parte demandada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Contra la sentencia de instancia recurre en suplicación la demandante con un solo motivo en el que, al amparo del apartado c) del art. 191 de la Ley de Procedimiento Laboral, denuncia la infracción de los artículos 4.2. f) y 35 de la Constitución; 20.2 y 39.4 del Estatuto de los Trabajadores; 7 y 1256 del ...

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