STSJ País Vasco , 13 de Julio de 2004

PonenteMARIA JOSE MUÑOZ HURTADO
ECLIES:TSJPV:2004:1144
Número de Recurso916/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución13 de Julio de 2004
EmisorSala de lo Social

Voces:

· Otros tipos de procesos SENT RECURSO Nº: 916/04 N.I.G. 00.01.4-04/000370 SENTENCIA Nº: 916/04 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO En la Villa de Bilbao, a trece de julio de dos mil cuatro.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco, formada por los Iltmos. Sres. D. PABLO SESMA DE LUIS, Presidente en funciones, D. MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI y Dª Mª JOSE MUÑOZ HURTADO, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por OSAKIDETZA contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 (Vitoria) de fecha quince de Diciembre de dos mil tres , dictada en proceso sobre Modificación horarios- médico atención continuada (RPC), y entablado por Gabriela frente a OSAKIDETZA .

Es Ponente el Iltma. Sra. Magistrado Dña. Mª JOSE MUÑOZ HURTADO, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

PRIMERO

La demandante presta servicios para Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, con categoría de médico en punto de atención continuada (en adelante, PAC) y su jornada anual de trabajo es de l.433 horas.

SEGUNDO

Hasta el mes de mayo del año 2001, el horario de la actora era, en lo que ahora interesa, desde las l7,00 horas de la tarde a las 9,00 horas del día siguiente; a partir de mayo de 2001 y en virtud de acuerdo alcanzado en el seno de la Comisión Paritaria del Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal de Osakidetza, el horario pasó a ser desde las l7,00 horas de la tarde a las 8,30 horas del día siguiente, y el sábado, la hora de entrada pasó a ser a las l4,00 horas, si bien con carácter voluntario y continuando en caso contrario la de las l7,00 horas, cubriéndose la diferencia de la franja horaria de tres horas mediante contratación temporal, porrogándose este horario durante el año 2002.

TERCERO

Con fecha l3 de enero de 2003 se reunió la Comisión Paritaria del Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal de Osakidetza, tratando el asunto de "Modificación horaria de los puntos de atención continuada", en el cual el Organismo demandado planteó el objetivo de que el horario de entrada de todo el personal PAC en sábado fuera a las l4,00 hroas y la hora de salida las 8,00 horas y debatiéndose el tema en los términos que constan en autos (folios l95 a 203) y que se tienen aquí por reproducidos.

CUARTO

Con fecha 31 de enero de 2003 se celebró reunión entre Osakidetza y la Junta de Personal de Atención Primaria de Gipuzkoa para debatir el calendario para 2003 propuesto por aquél, con propuesta de la Administración respecto a los PAC de que fuera la hora de entrada el sábado a las l4,00 horas y la salida de lunes a viernes a las 8,00 de la mañana ; la discusión se produjo en los términos que obran en autos (folios l70 a l74), los cuales se tienen aquí por reproducidos.

QUINTO

Con fecha l4 de febrero de 2003 se celebró reunión entre Osakidetza y la Junta de Personal de Atención Primaria de Gipuzkoa sobre la misma cuestión a que se refiere el hecho probado cuarto, discurriendo la discusión en los términos que constan en autos (folos l75 a l78), los cuales se dan aquí por reproducidos.

SEXTO

Con fecha 27 de febrero de 2003 se celebró reunión entre Osakidetza y la Junta de Personal de Atención Primaria de Gipuzkoa sobre la misma cuestión a que se refiere el hecho probado cuarto, discurriendo la discusión en los términos que constan en autos (folios l79 a l86), los cuales se dan aquí por reproducidos.

SEPTIMO

Con fecha 11 de marzo de 2003 se celebró reunión entre Osakidetza y la Junta de Personal de Atención Primaria de Gipuzkoa sobre la misma cuestión a que se refiere el hecho probado cuarto, discurriendo la discusión en los términos que constan en autos (folios l87 a l89), los cuales se dan aquí por reproducidos.

OCTAVO

Mediante escrito de 24 de marzo de 2003 Osakidetza comunicó el calendario para el año 2003 y efectivo desde el 1 de abril de 2003, en los siguientes términos:

- Jornada anual: 1592 horas a 1433 horas según los casos.

- Horario de entrada de lunes a viernes: a las 17 horas.

- Horario de entrada los sábados: a las l4 horas.

- Horario de entrada los domingos y festivos: a las 9 horas.

- Horario de salida de lunes a viernes: a las 8 horas.

- Horario de salida los sábados, domingos y festivos: a las 9 horas.

NOVENO

Consta en autos el Decreto 231/2000, de 21 de diciembre , por el que se aprueba el Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal de Osakidetza (folios 50 a 99), el cual se tiene aquí por reproducido.

DECIMO

La actora presentó reclamación previa el 20 de junio de 2003, que no consta resuelta expresamente.

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice:

"Que, estimando la demanda formulada por el Letrado D. JUAN REIZABAL SAN JUAN, en nombre y representación de Dª Gabriela , contra OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD, debo anular el cambio de jornada recurrido, condenando a la Administración a estar y pasar por dicha anulación y a reintegrar a la demandante a la jornada que tenía asignada con anterioridad a la referida modificación."

TERCERO

Frente a dicha resolución se interpuso el recurso de Suplicación, que fue impugnado de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Sra Gabriela , presta servicios para Osakidetza como facultativo de P.A.C., y hasta el mes de Mayo de 2001 desarrollaba su jornada con horario de 17 horas a 9 horas del día siguiente. Como consecuencia de la reducción de jornada anual en 58 horas establecida por el A.R.C.E.P.O. 2000 la Comisión Paritaria del Acuerdo pactó el 26 de abril de 2001 que, a partir de mayo de 2001, la jornada de dicho personal se redujese en media hora de lunes a viernes, lo que se tradujo en el adelanto de la hora de salida media hora. No obstante dado que al personal de los Equipos de Atención Primaria (EAP) se le adelantó la hora de salida, los sábados, a las 14 horas, el acuerdo se extendió a la posibilidad de cobertura voluntaria de esas tres horas por el personal de los PAC, sin sobrepasar la jornada anual pactada, o, en su defecto, mediante contratación temporal, circunstancia esta que originó problemas organizativos que trataron de solucionarse en el calendario laboral para el año 2003, de forma que Osakidetza planteó a la Comisión Paritaria del Acuerdo en reunión del 13 de enero de 2003 que el personal de los PAC entrase los sábados a las 14 horas, no lográndose acuerdo alguno al respecto, por lo que el 31 de Enero, 14 y 27 de Febrero, y 11 de Marzo de 2003 se celebraron reuniones entre la Junta de Personal y Osakidetza con el mismo objeto sin que tampoco en ellos se lograse ninguna solución consensuada. Tras el proceso de referencia, finalmente Osakidetza notificó a la demandante comunicación escrita en la que se le indicaba que con efectos desde el 1-04-2003, se procedía a modificar su horario, adelantando tres horas la entrada en los sábados no festivos (de las 17 horas a las 14 horas), y en media hora la salida de los lunes a viernes no festivos (de las 8,30 horas a las 8 horas).

Tras agotar la vía administrativa previa, Dª Gabriela im pugnó la modificación horaria a que nos hemos referido en vía jurisdiccional, viendo estimada su pretensión mediante sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n° 2 de...

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