STSJ Comunidad de Madrid , 15 de Septiembre de 2005

PonenteMARIA FATIMA ARANA AZPITARTE
ECLIES:TSJM:2005:9240
Número de Recurso1577/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J. MADRID CON/AD SEC.3 MADRID SENTENCIA: 01087/2005 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA Recurso número 1577/2003 Ponente: Doña Fátima Arana Azpitarte Recurrente: GRANAOLIVA S.L. Procurador: D. Jorge Deleito Garcia Demandado: Oficina Española de Patentes y Marcas Secretaría: Doña María Teresa Barril Roche SENTENCIA nº 1087 Ilmo. Sr. Presidente:

Don Gustavo Lescure Ceñal Ilmos. Sres. Magistrados:

Doña Fátima Arana Azpitarte Don Rafael Estévez Pendás En la ciudad de Madrid, a 15 de septiembre del año 2005, visto por la Sala el Recurso arriba referido, interpuesto por el procurador D. Jorge Deleito Garcia actuando en representación de GRANAOLIVA S.L. contra la resolución 9 de junio de 2003 de la Oficina Española de Patentes y Marcas que desestimó el recurso interpuesto contra resolución de la misma Oficina de fecha 20 de noviembre de 2000 que concedió el modelo de utilidad 9.901.221 consistente en "dispositivo perfeccionado para máquina limpiadora de aceitunas".

Es ponente de esta Sentencia la Ilma. Sra. Doña Fátima Arana Azpitarte , que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se interpuso este Recurso contencioso-administrativo formalizándose demanda por la recurrente en la que terminaba suplicando una Sentencia estimatoria del recurso con base a los hechos y fundamentos de derecho contenidos en la demanda .

SEGUNDO

El demandado contestó a la demanda exponiendo lo que estimó oportuno, solicitando la desestimación del recurso.

TERCERO

Despachado por las partes el trámite de conclusiones, quedaron los autos para deliberación, votación y fallo, que tuvo lugar el día 15 de septiembre del año 2005.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El procurador D. Jorge Deleito Garcia actuando en representación de GRANAOLIVA S.L. interpone recurso contencioso administrativo contra la resolución 9 de junio de 2003 de la Oficina Española de Patentes y Marcas que desestimó el recurso interpuesto contra resolución de la misma Oficina de fecha 20 de noviembre de 2000 que concedió el modelo de utilidad 9.901.221 consistente en "dispositivo perfeccionado para máquina limpiadora de aceitunas" por cumplir con los requisitos de novedad y actividad inventiva en relación con la patente oponente nº 9.801.318, titularidad de la recurrente.

SEGUNDO

Según el artículo 143 de la L. 11/1986, de 20 de marzo : "1. Serán protegibles como modelos de utilidad, de acuerdo con lo dispuesto en el presente título, las invenciones que, siendo nuevas e implicando una actividad inventiva, consisten en dar a un objeto una configuración, estructura o constitución de la que resulte alguna ventaja prácticamente, apreciable para su uso o fabricación. 2. En particular, podrán protegerse como modelos de utilidad los utensilios, instrumentos, herramientas, aparatos, dispositivos o partes de los mismos, que reúnan los requisitos enunciados en el apartado anterior".

Añade el artículo 145 , "1. El estado de la técnica con referencia al cual debe juzgarse la novedad y la actividad inventiva de las invenciones protegibles como modelos de utilidad, está constituido por todo aquello que antes de la fecha de presentación de la solicitud de protección como modelo ha sido divulgado en España, por una descripción escrita u oral, por una utilización o por cualquier otro medio. 2. Se entiende igualmente comprendido en el estado de la técnica el contenido de las solicitudes españolas de patentes o de modelos de utilidad tal como hubieren sido originariamente presentadas, cuya fecha de presentación sea anterior a la fecha que se...

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