STSJ Asturias 1026/2004, 28 de Septiembre de 2004
Ponente | JULIO LUIS GALLEGO OTERO |
ECLI | ES:TSJAS:2004:4494 |
Número de Recurso | 806/2000 |
Número de Resolución | 1026/2004 |
Fecha de Resolución | 28 de Septiembre de 2004 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
D. LUIS QUEROL CARCELLERD. ANTONIO ROBLEDO PEÑAD. JULIO LUIS GALLEGO OTERO
T.S.J.ASTURIAS CON/AD SEC.2
OVIEDO
SENTENCIA: 01026/2004
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION SEGUNDA
RECURSO : 804-805 y 806/2000 (acumulados)
RECURRENTE : D. Jose Ángel , D ª. Laura Y Dª.
Begoña
PROCURADOR : SRA. GARC ÍA-BERNARDO ALBORNOZ
RECURRIDO : TEARA
ABOGADO DEL ESTADO
SENTENCIA NÚM. 1026/04
ILMO. SR. PRESIDENTE:
D. LUIS QUEROL CARCELLER
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
D. ANTONIO ROBLEDO PEÑA
D. JULIO LUIS GALLEGO OTERO
En OVIEDO, a veintiocho de Septiembre de dos mil cuatro.
Vistos por la Sala, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número s P . O . 804 , 805 y 806 /2000 , acumulados por auto de fecha 26 de septiembre de 2001, interpuesto s por l a Procurador a D ª . María García- Bernardo Albornoz , en nombre y representación de D. Jose Ángel , Dª. Begoña Y Dª. Laura , contra resoluciones dictadas por el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Asturias el 18 de febrero de 2000, desestimatorias de las reclamaciones impugnando el acuerdo de la Dependencia de Gestión Tributaria de la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Gijón, por los que se practican liquidaciones provisionales del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1995 . Estando la Administración demandada representada por el Sr. Abogado del Estado.
Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JULIO LUIS GALLEGO OTERO .
Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante l os pertinente s escrito s de fecha s 27-04- 00 y 14-05-01, en l os que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó suplicando s e dicte sentencia por la que con plena estimación de cuantas alegaci ones han quedado expuesta, se revoque y deje sin efecto alguno las resoluciones objeto de impugnación por no ser conformes a Derecho, anulando en su caso l as liquidaciones en las que se incluye la deuda tributaria reclamada a los demandantes, todo ello con expresa imposición de costas a la contraparte .
Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, y terminó suplicando que previos los trámites oportunos, acuerde la desestimación íntegra del recurso contencioso-administrativo con imposición a los actores, si procede, de las costas procesales .
Recibido el recurso a prueba, se practicaron las propuestas por las partes y admitidas con el resultado que obra en autos.
No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se acordó requerir a las partes para que formulasen sus conclusiones, lo que hicieron en tiempo y forma.
Se señaló para la votación y fallo del presente recurso el día 22 de septiembre de 2004 , en que tuvo lugar dicho acto.
Las partes recurrentes interponen recurso contencioso-administrativo contra las resoluciones dictadas por el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Asturias el 18 de febrero de 2000, desestimatorias de las reclamaciones impugnando el acuerdo de la Dependencia de Gestión Tributaria de la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Gijón, por...
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