STSJ Cataluña , 23 de Mayo de 2000

PonenteLUIS MARIA DIAZ VALCARCEL
ECLIES:TSJCAT:2000:6786
Número de Recurso283/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Mayo de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Recurso n° 283/98 Partes: ARDEVINS, S.A. C/ ORGANISMO AUTÓNOMO LOCAL DE GESTIÓN TRIBUTARIA SENTENCIA N° 446 fimos. Sres.

PRESIDENTE D. MANUEL QUIROGA VÁZQUEZ MAGISTRADOS D. FRANCISCO LÓPEZ VÁZQUEZ D. LUIS Mª DIAZ VALCARCEL En la ciudad de Barcelona, a veintitrés de mayo de dos mil. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION TERCERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°

283/98, interpuesto por la entidad ARDEVINS, S.A., representada por el Procurador D. Narciso Ranera Cahís y asistida por la Letrada Dª. Dolors Roca Solergibert, contra ORGANISMO AUTÓNOMO LOCAL DE GESTIÓN TRIBUTARIA DE LA DIPUTACIÓN DE BARCELONA, representada y asistida por la Letrada Dª.

Amalia Ballesteros Alba.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. LUIS Mª DIAZ VALCARCEL , quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Procurador D. Narciso Ranera Cahís, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución de 1 de diciembre de 1.995, del Organismo Autónomo Local de Gestión Tributaria de la Diputación de Barcelona por el que se deniega el recurso interpuesto contra las liquidaciones del Impuesto sobre el Incremento de valor de los terrenos núm. 83402-33127 y 83402-33125.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

No habiéndose solicitado el recibimiento del pleito a prueba y no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron, haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación y finalmente, se señaló día y hora para votación y Fallo que ha tenido lugar el 16 de mayo del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo interpuesto a nombre de ARDEVINS, S.A. tiene por objeto la pretensión anulatoria de la resolución dictada el 1 de diciembre de 1995, por el Organismo Autónomo Local de Gestión Tributaria de la Diputación de Barcelona por la que se deniega el recurso interpuesto contra las liquidaciones del Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos n°

83402-33127 y 83402-33125. La cuantía...

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