STSJ Murcia , 29 de Marzo de 2000

PonenteABEL ANGEL SAEZ DOMENECH
ECLIES:TSJMU:2000:1034
Número de Recurso2834/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Marzo de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Este documento está impreso por una sola cara.

RECURSO nº 2834/97 SENTENCIA nº 303/00 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por D. Abel Ángel Sáez Doménech Presidente D. Mariano Espinosa de Rueda Jover D. Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº 303/00 En Murcia a veintinueve de marzo de dos mil. En el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº 2834/97, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía de 63.690 ptas., y referido a: devolución ingresos indebidos en concepto de transmisiones patrimoniales.

Parte demandante:

D. Jose Daniel , representado y dirigido por la Abogada Dª. Marisol Herranz Valera.

Parte demandada:

LA ADMINISTRACIÓN CIVIL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

Parte codemandada:

La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, representada y defendida por un Letrado de sus Servicios Jurídicos.

Acto administrativo impugnado:

Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de fecha 28 de julio de 1997, desestimatoria de la reclamación nº 30/3137/96, sobre devolución de ingresos indebidos realizados por importe de 63.690 ptas. en pago de certificación de descubierto providenciada de apremio para el cobro en ejecutiva de la liquidación 244/92 girada por la Oficina liquidadora de Lorca de la Dirección General de Tributos de la Comunidad Autónoma en concepto de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.

Pretensión deducida en la demanda:

Que se dicte sentencia por la que se declare el derecho del actor a obtener la devolución de las 63.690 ptas. indebidamente ingresadas en el Tesoro Público y demás pronunciamientos que sean pertinentes, y todo ello con condena en costas a la Administración demandada si se opusiera a estas peticiones.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Abel Ángel Sáez Doménech, quien expresa el parecer de la Sala.

I-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 3-11-97, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada y codemandada se han opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 17-3-00.

II-

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El actor, D. Jose Daniel , con fecha 13-9-96, presentó ante la Dirección General de Tributos de la Comunidad autónoma escrito solicitando la devolución de la cantidad de 63.690 ptas.

indebidamente ingresadas el 28-5-96, después de haber recibido el 23-5- 96 por correo certificado con acuse de recibo la notificación de la certificación de descubierto providenciada de apremio de la liquidación 244/92 girada por la Oficina liquidadora de Lorca de la citada Dirección General en concepto de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. Fundamenta su pretensión básicamente en afirmar que la acción de la Administración para reclamar la citada...

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