STSJ Murcia , 17 de Octubre de 2002

PonenteMARIANO ESPINOSA DE RUEDA-JOVER
ECLIES:TSJMU:2002:2490
Número de Recurso787/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución17 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

3 RECURSO nº 787/99 SENTENCIA nº 875/02 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:

Don Abel Ángel Sáez Doménech Presidente Don Mariano Espinosa de Rueda Jover Don Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº 875/02 En Murcia a diecisiete de Octubre de dos mil dos. En el recurso contencioso administrativo nº 787/99 tramitado por las normas ordinarias, en cuantía de 773.965 ptas., y referido a: Procedimiento recaudatorio (vía de apremio).

Parte demandante: Don Valentín representado por el Procurador Don José Antonio Luna Moreno y dirigido por el Abogado Don Julio José Vizuete Marín.

Parte demandada: Administración Civil del Estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

Acto administrativo impugnado: Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 27 de enero de 1999 que desestimaba la reclamación nº 30/2577/97 planteada por el recurrente impugnando providencia de apremio, clave de liquidación NUM000 , por importe de 644.971 ptas de principal más 128.994 ptas de recargo, siendo el objeto de la deuda: 95 0a paralela a ingresar IRPF, expedida por la Dependencia de Recaudación de la AEAT, Delegación Especial de Murcia.

Pretensión deducida en la demanda: Se dicte resolución en la que se declare la nulidad de la resolución impugnada y de los actos administrativos de que ésta trae causa y se acuerde la indemnización a mi representado de todos los gastos ocasionados por la presentación de los correspondientes avales, tanto en vía económico administrativa como en el presente recurso.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Mariano Espinosa de Rueda Jover, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 6 de julio de 1999 y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido...

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