STSJ Andalucía , 24 de Noviembre de 2000

PonenteANTONIO MORENO ANDRADE
ECLIES:TSJAND:2000:17903
Número de Recurso3336/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SEVILLA SECCIÓN 2ª

R.C.A. nº 3.336/97 R.E.A. nº 41/789/95 SENTENCIA Iltmos. Srs. Don Antonio Moreno Andrade Don Eduardo Herrero Casanova Don José Antonio Montero Fernández En la Ciudad de Sevilla a 24 de noviembre de 2000.

La Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, ha visto el recurso arriba indicado, interpuesto por Don Silvio , representado por el Procurador Sr. Gutiérrez de Rueda y defendido por Letrado, contra resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía, representado y defendido por el Sr. Abogado del Estado. La cuantía ha sido fijada en 9.052.982 pesetas, siendo ponencia del Iltmo. Sr. Don Antonio Moreno Andrade, que expresa el parecer de la Sección.

ANTECEDENTES
PRIMERO

La parte actora solicitó en su demanda la revocación del acuerdo impugnado.

SEGUNDO

La parte demandada interesó, por el contrario, la desestimación del recurso y la confirmación del acto recurrido.

TERCERO

Tras el período probatorio, las partes evacuaron oportunamente el trámite de conclusiones, quedando unidos sus escritos.

CUARTO

Señalado día para votación y Fallo, tuvo éste lugar con arreglo a lo que a continuación se expresa.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se recurre acuerdo del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía dictado en 24.9.97 en la reclamación de referencia, seguida contra dos liquidaciones practicadas por la

Dependencia de Inspección de la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Sevilla, en concepto de Impuesto sobre la. Renta de las Personas Físicas de 1989 y 1990.

SEGUNDO

Trae causa la misma de las actas levantadas por los servicios de Inspección en 25.5.94, en que se hace constar que el actor transmitió en 1989 su cuota de dominio sobre un inmueble sito en una población de Zaragoza, por importe de 30.038.121 pesetas, bien que había adquirido a título lucrativo, por acto mortis causa, antes del 31.12.78. El valor de mercado de la porción correspondiente al actor (1/5) a tal fecha, ascendía a 2.560.426 pesetas, según comprobación de valores efectuada por arquitecto de la Delegación de Zaragoza en 16.5.94, practicado a instancias de la propia Inspección de Sevilla, días antes de extender ésta las actas impugnadas. Entiende la Inspección que el incremento patrimonial asciende a...

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