STSJ Asturias , 21 de Enero de 2003
Ponente | FRANCISCO SALTO VILLEN |
ECLI | ES:TSJAS:2003:222 |
Número de Recurso | 51/2002 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 21 de Enero de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección 1ª
Apelación n°: 51/02 SENTENCIA DE APELACIÓN N°3 Ilmos. Sres.:
Presidente:
Dña. María José Margareto García.
Magistrados:
D. Francisco Salto Villén D. Eduardo Gota Losada En Oviedo, a veintiuno de enero de dos mil tres.
La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso de apelación número 51/02, interpuesto por PUENTE TOLA, SA. representado por el Procurador Sr. Lobo Fernández, DON Luis Carlos , Representante de la Comunidad de Propietarios Avenida de Méjico n° 7 de Mieres, representado por el Procurador Sr. Serrano Martínez, contra el AYUNTAMIENTO DE MIERES, representado por el Procurador Sr. López González. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON Francisco Salto Villén.
El recurso de apelación dimana de los autos de Procedimiento Ordinario n° 34/01 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo n° 3 de los de Oviedo, sobre denegación de suspensión de licencias de obras.
El recurso de apelación se interpuso contra Sentencia de fecha 20 de mayo de 2002, por la que se desestimaba el recurso interpuesto por el hoy apelante. Admitido a trámite el recurso se sustanció mediante traslado a las demás partes para formalizar su oposición con el resultado que consta en autos.
Conclusa la tramitación de la apelación, el Juzgado elevó las actuaciones. No habiendo solicitado ninguna de las partes el recibimiento a prueba ni la celebración de vista ni conclusiones ni estimándolo necesario la Sala, se declaró el pleito concluso para sentencia. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso de apelación el día 14 de enero de 2003, habiéndose observado las prescripciones legales en su tramitación.
Contra la sentencia dictada en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n° 3 de los de Oviedo, de fecha 29 de mayo de 2002, se alzan, de un lado, como apelante la Entidad Mercantil PUENTE TOLA, SA., y de otro, adhiriéndose a la apelación D. Luis Carlos , que actúa en su propio nombre y de la Comunidad de Propietarios de la Avda. de Méjico n° 7 de Mieres.
La citada sentencia, estimando el recurso 34/01, interpuesto a instancia de Don Luis Carlos contra el Decreto adoptado por la Alcaldía del Ayuntamiento de Mieres, de fecha 26 de septiembre de 2000 y la Resolución del mismo órgano, en fecha 4 de diciembre del mismo año, anuló las meritadas resoluciones municipales, con la consiguiente anulación de la licencia municipal de obras aprobada por la Comisión Municipal del Gobierno, de fecha 20 de diciembre de 1999, por la que se autorizaba a la entidad mercantil PUENTE TOLA, SA., la ejecución de las obras de construcción de un edificio de viviendas, un local, 20 trasteros y 22 plazas de garaje en la calle Degaña - Esquina con la Avda. de Méjico, de Mieres.
La razón de decidir de la sentencia ha consistido, en esencia, en que cuando se concedió la licencia de obras, el 20 de diciembre de 1999, aún no había sido publicado el Estudio de Detalle (en adelante ED.)
que le daba amparo lo que no sucedió hasta el 14 de julio de 2001.
Como consecuencia, en el mismo fallo, se ordena la paralización de las obras de ejecución iniciadas, desestimando el resto de las pretensiones realizadas por la parte demandante, atinentes a la demolición de las obras ejecutadas al amparo de dicha licencia contraviniendo la legalidad urbanística sobre la...
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