STSJ Comunidad de Madrid , 17 de Febrero de 2000

PonenteFRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRION
ECLIES:TSJM:2000:2026
Número de Recurso1229/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución17 de Febrero de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso 1229/96 SENTENCIA NUMERO 159 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilustrísimos señores:

Presidente.

Don José Félix Méndez Canseco.

Magistrados:

Dña. Francisca María Rosas Carrión.

D. Juan Francisco López de Hontanar Sanchez.

D. Javier E. López Candela.

En la Villa de Madrid, diecisiete de febrero de dos mil. Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 1229/96, interpuesto por PROCONO, S.L., defendida por el Letrado D. Manuel Francisco Clavero Arévalo y representada por el Procurador D. Luciano Rosch Nadal, contra el Decreto del Alcalde de Fuenlabrada de 29 de marzo de 1996 , por el que se acuerda denegar la licencia de obra menor solicitada por la recurrente para la instalación de televisión por cable.

Expt. 8086 4369-U-96). Siendo parte el Ayuntamiento de Fuenlabrada defendido y representado por el letrado D. Hipólito Lafuente Xicola.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda mediante escrito de fecha 20 de mayo de 1997, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada. Solicitando el recibimiento a prueba.

SEGUNDO

Que habiéndose personado el Ayuntamiento de Fuenlabrada posteriormente al periodo de prueba no ha lugar a su práctica y no retrotrayéndose las actuaciones, se le emplaza por quince días para que presente escrito de conclusiones.

TERCERO

Que, por Auto de fecha 1 de septiembre de 1997 , se acordó haber lugar al recibimiento a prueba del presente recurso, propuesto por la parte actora, practicándose las que la Sala consideró pertinentes. Y, no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado; señalándose para la votación y Fallo del presente recurso el día 17 de febrero de 2000, a las 10 horas de su mañana, en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª. Francisca María Rosas Carrión.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La entidad "PROCONO, SL" impugna en este proceso el decreto de 29.3.96 del Concejal Delegado de Urbanismo del Ilustrísimo Ayuntamiento de Fuenlabrada , por el que se denegó a la recurrente la licencia de obra menor solicitada para apertura que zanja en la calle de Castilla la...

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