STSJ Cataluña , 13 de Diciembre de 2002

PonenteLUIS MARIA DIAZ VALCARCEL
ECLIES:TSJCAT:2002:14638
Número de Recurso3143/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA Recurso nº 3143/98 Partes: D. Juan Alberto C/ AYUNTAMIENTO DE MASNOU S E N T E N C I A Nº 1.131 Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE D. MANUEL QUIROGA VÁZQUEZ MAGISTRADOS D. FRANCISCO LÓPEZ VÁZQUEZ D. LUÍS Mª DÍAZ VALCÁRCEL En la ciudad de Barcelona, a trece de diciembre de dos mil dos. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN TERCERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº

3143/98, interpuesto por D. Juan Alberto , representado por el Procurador doña Francisca Bordell Sarro y defendido por el Letrado don Felipe Campos García, contra AYUNTAMIENTO DE MASNOU, representado y defendido por el Letrado don Clement León Pascuas. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. LUÍS Mª

DÍAZ VALCÁRCEL, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la Procuradora doña Francisca Bordell Sarro, actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra Acuerdos de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de el Masnou de fechas 24 de septiembre y 12 de Noviembre de 1998.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dió el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Abierto el proceso a prueba por auto de ocho de febrero de dos mil uno, se practicó en forma, continuando el procedimiento por el trámite de conclusiones, señalándose finalmente para deliberación, votación y fallo el día 3 de diciembre de 2002.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo interpuesto a nombre de Juan Alberto tiene por objeto la pretensión anulatoria de los Acuerdos adoptados por la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de el Masnou los días 24 de septiembre y 12 de noviembre de 1998 sobre denegación de licencia para legalizar las obras realizadas en el edificio sito en la calle Pep Ventura nº 6 del referido municipio. La cuantía del recurso no está determinada pero es notoriamente inferior a los tres millones de pesetas.

SEGUNDO

Resulta de lo actuado que en el mes de noviembre de 1.997 el actor ordenó construir una terraza en la parte posterior de su vivienda sita en la calle Pep Ventura número 6 de la localidad de el Masnou. Con motivo de la denuncia del vecino colindante por la parte posterior de la citada finca, el Ayuntamiento requirió al aquí actor para que en el plazo de dos meses solicitara la oportuna licencia municipal de obras. El 31 de julio de 1998, el señor Juan Alberto aportó al Ayuntamiento proyecto de legalización de la obra ejecutada suscrito por arquitecto. La Comisión municipal de gobierno, en sesión de 24 de septiembre de 1998, acordó denegar la legalización de las obras y el propietario, en fecha 8 de octubre...

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