STSJ Canarias , 14 de Diciembre de 2000

PonenteANGEL ACEVEDO CAMPOS
ECLIES:TSJICAN:2000:4350
Número de Recurso336/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS.

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO.

SANTA CRUZ DE TENERIFE.

S E N T E N C I A Nº 1182 RECURSO Nº 336/98 ILMOS.SRES.

PRESIDENTE:

D. Angel Acevedo y Campos.

MAGISTRADOS:

D. Pedro Hernández Cordobés.

Dñª. Ana Afonso Barrera.

En Santa Cruz de Tenerife, a catorce de diciembre de dos mil. VISTO por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de esta Capital, integrada por los Sres.

Magistrados antes expresados, el presente recurso nº 336/98, tramitado por el procedimiento ordinario, que regula la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, seguido a instancia de la demandante Doña Pilar , representada y dirigida por el Letrado Don Jorge Caridad de Otto, siendo Administración demandada, la del Ayuntamiento el Puerto de la Cruz, representado por la Procuradora Doña Loreto Violeta Santana Bonnet y dirigido por la Letrada Doña María del Pino León Hernández, versando sobre instalación de un cartel en ejercicio de medidas de policía, de cuantía indeterminada, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON Angel Acevedo y Campos, se ha dictado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ayuntamiento de Puerto de la Cruz instaló en la CALLE000 de dicho municipio un cartel con la leyenda "Prohibido arrojar basura y restos de jardines".

SEGUNDO

Por la representación de la parte demandante, antes mencionada, se interpuso recurso contencioso-administrativo, formalizando demanda con la súplica de que se dicte sentencia por la que estimando el presente recurso se declare nulo de pleno derecho el acto recurrido, condenando al Ayuntamiento a estar y pasar por esa declaración y a las costas del procedimiento.

TERCERO

La Administración demandada contestó a la demanda oponiéndose a ella e interesando una sentencia inadmitiendo el presente recurso o, en su caso, desestimando íntegramente las pretensiones de la demanda con especial imposición de costas a la demandante.

CUARTO

Practicada la prueba propuesta, se acordó en sustitución de la vista el trámite de conclusiones que fue evacuado por las partes.

QUINTO

Señalado día y hora para la votación y fallo, tuvo lugar la reunión del Tribunal en el designado al efecto.

SEXTO

Aparecen observadas las formalidades de tramitación.

Vistos los preceptos legales citados por las partes y los que son de general aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Opuesta por la Administración Municipal demandada la inadmisibilidad del recurso, al estimar que el acto impugnado -fijación de un cartel en la vía pública que prohibe arrojar basura y restos de jardines- carece de los requisitos que art. 37 de la Ley Jurisdiccional exige para que un acto...

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