STSJ Galicia , 13 de Febrero de 2003

PonenteJOSE ANTONIO VESTEIRO PEREZ
ECLIES:TSJGAL:2003:737
Número de Recurso8135/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución13 de Febrero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO NUMERO: 03/0008135/1998 RECURRENTE: Valentín ADMON. DEMANDADA: TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL GALICIA PONENTE: D/ña. JOSÉ ANTONIO VESTEIRO PÉREZ EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Tercera) ha pronunciado la SENTENCIA NUMERO 184/2003 Iltmos. Sres:

D. JOSÉ ANTONIO VESTEIRO PÉREZ, Presidente D. FRANCISCO JAVIER AMORIN VIEITEZ D. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ A Coruña, trece de febrero de dos Mil tres.

En el proceso contencioso-administrativo que, con el número 03/0008135/1998 pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por Valentín , representado y dirigido por el Letrado D/ña. FÉLIX ANGEL SUAREZ MIRA, contra Acuerdo de 23-1-98 desestimatorio de Rec. 15/4782/96 contra otro de la Administración de Aduanas de la Agencia Tributaria de A Coruña sobre precintado de inmovilización de furgoneta e imposición de multa.. Es parte la Administración demandada TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL GALICIA, representada por el D/ña.

ABOGADO DEL ESTADO. La cuantía del asunto es indeterminada Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D/ña. JOSÉ ANTONIO VESTEIRO PÉREZ

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y dado traslado de los autos a la parte actora para que se dedujera la demanda lo realizó por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, suplicó se dictase sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

  2. Conferido traslado a la parte demandada, solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en su escrito de contestación.

  3. No habiéndose recibido el asunto aprueba, y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 4 de Febrero de 2003, fecha en que tuvo lugar.

  4. - En la sustanción del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. Se impugna la sanción que por infracción tributaria simple con arreglo a lo dispuesto en el art. 55 de la Ley sobre Impuestos Especiales de 30 de diciembre de 1992 se le impuso al recurrente como propietario y titular del vehículo marca Nissan-Vanette matrícula R-....-OT Conducido por Claudio sorprendido por la Guardía Civil en el término municipal de Corcubión carretera C-552 Coruña-Corcubión utilizando indebidamente gasóleo clase "B" contraviniendo las limitaciones y prohibiciones contenidas en el art. 54 del mismo Texto Legal, por lo que remitido el expediente con las muestras a la Administración de Aduanas de A Coruña y después de notificarle...

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