STSJ Cataluña , 4 de Octubre de 2002

PonenteMANUEL QUIROGA VAZQUEZ
ECLIES:TSJCAT:2002:11011
Número de Recurso399/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Recurso nº 399/01 Partes: FORMIGONS RIUMORS, S.L. C/ DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA S E N T E N C I A Nº835 Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE D. MANUEL QUIROGA VÁZQUEZ MAGISTRADOS D.MANUEL TABOAS BENTANACHS D.FRANCISCO LÓPEZ VÁZQUEZ En la ciudad de Barcelona, a cuatro de Octubre de dos mil dos. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION TERCERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº

399/01, interpuesto por FORMIGONS RIUMORS, S.L., representado por la Procuradora Dª Núria Tor Patiño y asistido del Letrado D. Andreu Garriga Pradas, contra DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA , representada y asistida por la Lletrada de la Generalitat Dª Montserrat Polidura Navío. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL QUIROGA VÁZQUEZ, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La citada Procuradora , actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra resolución de fecha 4/9/00 desestimatoria del recurso ordinario recaido en el expediente 17.00692/98 que sanciona con multa de 230.000 pesetas.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dió el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Acordado por auto de fecha 2 de marzo de 2002 el recibimiento del pleito a prueba, y tras los trámites legales que prescribe la Ley Jurisdiccional en sus respectivos artículos , en concordancia con los de la L.E.C. , se señaló a efectos de votacion y fallo la audiencia del día 1 de octubre del presente año, a la hora señalada.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS...

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