STSJ Castilla-La Mancha , 17 de Septiembre de 2001

ECLIES:TSJCLM:2001:2569
Número de Recurso2479/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

1 Recurso núm. 2479 de 1997 Albacete S E N T E N C I A Nº. 611 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN 2ª.

Iltmo. Sr.:

D. Vicente Manuel Rouco Rodríguez En Albacete a diecisiete de Septiembre de dos mil uno. Vistos por el Iltmo. Sr. Vicente Manuel Rouco Rodríguez, Presidente de esta Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, los presentes autos nº

2479 de 1997 del recurso contencioso administrativo seguido a instancia de D Enrique , representado por el Procurador D Javier Vidal Valdés y defendido por el Letrado Dª Mª del Carmen Padilla Gómez. Contra la Dirección General de Tráfico representada y defendida por el Abogado del Estado. Sobre resolución sancionadora por infracción en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial; y

ANTECEDENTES DE HECHO

Por la parte actora se interpuso en 18 de diciembre de 1997 recurso contencioso administrativo frente a los actos administrativos aludidos en el encabezamiento de la presente, y admitido a trámite, se le entregó expediente administrativo recibido para que formalizara la demanda, lo que hizo en su momento por medio de escrito en el que, después de exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó con la suplica literal de sentencia por la que con estimación del recurso se anulen los actos recurridos por contrarios a Derecho, dejándolos sin efecto.

De la demanda se dio traslado a la representación procesal de la Administración demandada para que la contestase, lo que hizo por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, se opuso al recurso solicitando sentencia por la que se acuerde la desestimación del mismo, declarando la conformidad a Derecho de los actos impugnados.

Recibido el recurso a prueba con el resultado que consta en autos, las partes reiteraron sus pretensiones en trámite de conclusiones, turnándose el conocimiento y fallo del presente recurso al Iltmo.

Sr. Presidente de Sala, como único Magistrado, en virtud de lo establecido en la Disposición Transitoria Unica punto dos de la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de Julio, de Reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial señalándose al efecto el día 6 de septiembre de 2001.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Es objeto del presente recurso la resolución de la Dirección General de Tráfico del Ministerio del Interior desestimatoria del recurso ordinario formulado por el actor frente a Resolución recaída en expediente sancionador tramitado por la Jefatura Provincial de Tráfico de Albacete en la que se le impuso al mismo una multa de 50.000 ptas y sanción de suspensión del permiso de conducir por tiempo de un mes por estimar que era responsable de una infracción...

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