STSJ Extremadura , 8 de Junio de 2004

PonenteDANIEL RUIZ BALLESTEROS
ECLIES:TSJEXT:2004:997
Número de Recurso928/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 8 de Junio de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD CACERES SENTENCIA: 00879/2004 La sección de refuerzo de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº 879 PRESIDENTE: DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FATIMA DE LA CRUZ MERA En Cáceres a ocho de junio de dos mil cuatro.- Visto el recurso contencioso administrativo nº 928 de 2002, promovido por el Procurador D. Jorge Campillo Alvarez, en nombre y representación de la recurrente MONTE DE PIEDAD Y CAJA GENERAL DE AHORROS DE BADAJOZ, siendo demandada EL AYUNTAMIENTO DE LA PARRA (Badajoz), que no se ha personado en las actuaciones; recurso que versa sobre: incumplimiento del contrato de crédito mercantil en cuenta corriente celebrado con el Ayuntamiento de La Parra (Badajoz), formalizado en la póliza de crédito fechada el día 16 de Diciembre de 1999.- Cuantía.- 91.435,16 euros.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.-

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada ; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO : No habiendo sido solicitado el recibimiento a prueba del recuso, ni estimarlo necesario la Sala, se pasó al periodo de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO: En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.- Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. DANIEL RUIZ BALLESTEROS.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO

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PRIMERO

La entidad "Monte de Piedad y Caja General de Ahorros de Badajoz" formula recurso contencioso-administrativo contra el incumplimiento del contrato de crédito mercantil en cuenta corriente celebrado con el Ayuntamiento de La Parra (Badajoz), formalizado en la póliza de crédito fechada el día 16 de Diciembre de 1999.

La parte actora acudió inicialmente ante los Juzgados y Tribunales del orden civil para conocer del incumplimiento del contrato de crédito imputado a la Corporación Local demandada, declarándose el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Zafra, por Auto de fecha 16 de Octubre de 2001 , incompetente al corresponder su enjuiciamiento a los Juzgados y Tribunales del orden contencioso- administrativo. Esta resolución judicial fue confirmada por Auto de 11 de Diciembre de 2001 de la Audiencia Provincial de Badajoz , basándose...

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