STSJ Comunidad de Madrid 1566, 10 de Marzo de 2006
Ponente | MARIA LUZ GARCIA PAREDES |
ECLI | ES:TSJM:2006:1566 |
Número de Recurso | 6011/2005 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 1566 |
Fecha de Resolución | 10 de Marzo de 2006 |
Emisor | Sala de lo Social |
RSU 0006011/2005 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 4ª (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)
N.I.G: 28079 34 4 2005 0012548, MODELO: 46050 TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 6011/2005 Materia: JUBILACION Recurrente/s: Julián Recurrido/s: TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, URBANIZADORA MELIÁ, S.A.
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 16 de MADRID de DEMANDA 370/2005 C.A.
Sentencia número: 126/2006 Ilmos/as. Sres/as. D/Dª.
MIGUEL ÁNGEL LUELMO MILLÁN JOSÉ LUIS GILOLMO LÓPEZ MARIA LUZ GARCIA PAREDES En MADRID, a diez de Marzo de dos mil seis, habiendo visto las presentes actuaciones la Sección 4ª de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española , EN NOMBRE DE S.M. EL REY Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL ha dictado la siguiente SENTENCIA en el RECURSO SUPLICACION 6011/2005, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª
Antonio Ignacio Montesinos Villegas, en nombre y representación de Julián , contra el auto de fecha 19 de septiembre de 2005, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL nº 16 de MADRID, en sus autos número 370/2005, seguidos a instancia del recurrente frente a la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y URBANIZADORA MELIÁ, S.A., en reclamación por jubilación, ha sido Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. D/Dª MARIA LUZ GARCIA PAREDES.
Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó el auto referenciado anteriormente.
En dicho auto recurrido en suplicación se desestimó el recurso de reposición interpuesto por el demandante.
Frente a dicho auto se anunció recurso de suplicación por la parte demandante; tal recurso no fue objeto de impugnación por la contraparte.
Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta Sección en fecha 13 de diciembre de 2005, dictándose las correspondientes y subsiguientes decisiones para su tramitación en forma.
Nombrado Magistrado-Ponente, se dispuso el pase de los autos al mismo para su conocimiento y estudio, señalándose el día 9 de marzo de 2006 para los actos de votación y fallo.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho se formulan por esta Sección de Sala los siguientes
El actor, disconforme con el porcentaje de pensión de jubilación que le reconoció el INSS en resolución de 10 de febrero de 2005, plantea demanda en la que solicita el incremento de la pensión como consecuencia del cómputo de los servicios prestados desde el 1 de junio de 1966 y no en la fecha que se consigna en el expediente administrativo. Con base en estos hechos, se pide en la demanda que "se condene a la empresa Urbanizadora Meliá, SA a constituir el capital coste de pensión necesario para que mi pensión de jubilación sea del 88% de la base reguladora de...
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