STSJ Comunidad de Madrid , 23 de Noviembre de 2001

PonenteJOSE TOME PAULE
ECLIES:TSJM:2001:15327
Número de Recurso839/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Ltda. Dª. Paloma Valero del Valle Ltdo. D. Hipólito Lafuente Xicola TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª

RECURSO N° 839 de 1998 Y ACUMULADO 840/98 PONENTE Sr. José Tomé Paule SENTENCIA N° 1058 Presidente Ilmo. Sr. Juan Ignacio González Escribano Magistrados Ilmos. Sres.

D. Alfonso Sabán Godoy D. Valeriano Palomino Marín D. José Tomé Paule En Madrid a veintitrés de noviembre de dos mil uno. Visto por la Sala del margen el recurso n° 839 de 1998 interpuesto por la Letrada doña Paulina Valero del Valle en representación de Inmobiliaria Becato, S.A. contra decreto municipal del Ayuntamiento de Fuenlabrada desestimatorio del recurso interpuesto contra la inclusión de enajenaciones formalizadas en 1992 por venta de garajes en el Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E.); habiendo sido parte el Ayuntamiento de Fuenlabrada representado por el Letrado Sr. Lafuente Xicola.

La cuantía del recurso es de 1.933.935 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado el 26 de marzo de 1998 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazados para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en los que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideraron pertinentes, termina suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

SEGUNDO

El mismo día la Letrada Sra. Valero interpone recurso, al que correspondió el n° 840/78 por la no suspensión por el Ayuntamiento demandado de la liquidación antes impugnada. Y la misma Letrada en 14 de diciembre de 1998 impugna la multa de 50.000 pesetas impuesta como consecuencia del mismo Acta de Inspección. Estos dos recursos fueron acumulados al presente por Auto firme de 1999.

TERCERO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

CUARTO

Recibido el pleito a prueba, se practicaron las de documental propuestas por la parte actora, con el resultado que obra en autos.

CUARTO

Dado traslado a las partes por su orden para conclusiones, las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

QUINTO...

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