STSJ Castilla-La Mancha , 4 de Junio de 2001

PonenteMARCOS FRANCISCO MASSO GARROTE
ECLIES:TSJCLM:2001:1769
Número de Recurso1156/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 4 de Junio de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Autos Nº1156 de 1999 Ciudad Real.

EL SECRETARIO JUDICIAL DE LA SECCIÓN PRIMERA DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA LA MANCHA:

DOY FE: Que en el recurso contencioso-administrativo tramitado ante esta Sala, se ha dictado resolución que, literalmente copiada dice:

SENTENCIA.

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN 2ª

Ilmos.Sres:

Presidente:

D.José Borrego López.

Magistrados:

D.Mariano Montero Martínez.

D.Marcos Francisco Massó Garrote.

En Albacete a cuatro de junio de 2001 VISTOS por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha, los presentes autos número 1156 del año 1999, seguidos a instancia de D. Gaspar que ha estado representado por el Procurador D. Trinidad Cantos Galdámez contra la Dirección General del Catastro que ha estado representado y dirigido por el Letrado del Estado sobre denegación de acceso a información; siendo Ponente el Ilmo.Sr.Magistrado D.Marcos Francisco Massó Garrote;

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha 11 de mayo de 1998, por la parte actora se interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución dictada por el Director General del Catastro de fecha 3 de febrero de 1998, por el que se acuerda desestimar el recurso ordinario interpuesto contra la resolución de fecha 9 de septiembre de 1997 de la Gerencia Territorial de Ciudad Real, sobre denegación de acceso a determinada información. Admitida a trámite, se le entregó el expediente administrativo para que formalizara la demanda, lo que hizo en su momento por medio de escrito, en el que después de exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, suplicó sentencia por la que se anule la resolución recurrida.

SEGUNDO

Contestada la demanda por el representante de la Administración, se contestó por éste y después de las alegaciones vertidas, suplicó sentencia en la que se declare la desestimación del recurso.

TERCERO

Habiéndose acordado el recibimiento a prueba, practicadas las declaradas pertinentes y reiteradas las partes en el trámite de conclusiones se señaló para votación y fallo del presente recurso el 19 de abril del 2001. Por razones de servicio y al ser coincidentes señalamientos en ambas secciones respecto de mismo ponente se traslada al 28 de mayo del presente año.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de impugnación en concreto la resolución de fecha 3 de febrero de 1998 dictada por la Dirección General del Catastro en la que se resuelve el expediente sobre acceso a determinada información desestimatoria del recurso ordinario interpuesto contra la resolución de fecha 9 de septiembre de 1997, solicitando su anulación y declarando el derecho de acceso del actor a obtener las certificaciones catastrales solicitadas al tener un interés directo y legítimo en dicha información.

SEGUNDO

Fundamenta el recurso el actor en el artículo 37 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre donde se establece el derecho de los ciudadanos a acceder a los registros y a los documentos que formando parte de un expediente, obren en los archivos administrativos siempre que tales expedientes correspondan a procedimientos terminados en la fecha de la solicitud. En su...

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