STSJ Andalucía , 6 de Octubre de 2003

PonenteMARIA ROGELIA TORRES DONAIRE
ECLIES:TSJAND:2003:12826
Número de Recurso3171/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 6 de Octubre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO nº. 3171/1997 SENTENCIA NÚM. 2.650 DE 2.003 Ilmo. Sr. Presidente:

Don José Antonio Santandreu Montero Ilmos. Sres. Magistrados Don Federico Lázaro Guil Doña María Torres Donaire En la ciudad de Granada, a seis de octubre de dos mil tres. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 3171/1997, seguido a instancia de JUNTA DE COMPENSACIÓN DEL PLAN PARCIAL LOS POZUELOS, SECTOR Z12/1-1, que comparecen representados por la Procuradora Sra. Gutierrez Martínez y asistido de Letrado, siendo parte demandada la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ANDALUCÍA, SALA DE GRANADA, en cuya representación y defensa interviene el Sr. Abogado del Estado. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto recurso contencioso-administrativo frente a la actuación administrativa que se detalla en el primer fundamento jurídico de esta resolución, se admitió a trámite y se acordó reclamar el expediente administrativo, siendo remitido por la Administración demandada.

SEGUNDO

En su escrito de demanda, la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por solicitar se dictase sentencia estimando el recurso y anulando dicha actuación administrativa impugnada.

TERCERO

En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones de la parte actora, y, tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó la desestimación del recurso.

CUARTO

Habiéndose solicitado el recibimiento a prueba, durante el mismo se practicó la prueba propuesta por la parte actora, y al no estimarse necesario por la Sala la celebración de vista pública, se acordó dar traslado a las partes para conclusiones escritas, cumplimentándose el mismo mediante escrito en el que reiteraron las peticiones contenidas en los de demanda y contestación .

QUINTO

Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del mismo y actuando como Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Doña María Torres Donaire.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso se dirige contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía, Sala de Granada, de fecha 25 de marzo de 1997, dictada en el expediente n° 23/801/96, por la que se declaró la inadmisibilidad por extemporánea de la reclamación económico administrativa interpuesta por los recurrentes, contra la Resolución del Delegado de Jaén de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de fecha 29 de febrero de 1996, por la que se desestimó el recurso de reposición interpuesto por la Junta de Compensación Los Pozuelos contra la liquidación provisional paralela por la que se rectificó el importe de...

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