STSJ Islas Baleares , 3 de Abril de 2001

PonentePABLO DELFONT MAZA
ECLIES:TSJBAL:2001:544
Número de Recurso256/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 3 de Abril de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA N° 373 En la ciudad de Palma de Mallorca a 3 de Abril del año dos mil uno. ILMOS SRS. D. Gabriel Fiol Gomila.

MAGISTRADOS D. Pablo Delfont Maza.

D. Fernando Socias Fuster.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares los autos N° 256 de 1999, seguidos entre partes; como demandante, Dª. María Milagros , representada por la Procuradora Dª. Sara Coll Sabrafin, y asistida del Letrado D. Antonio Almansa Bailon; y como Administración demandada, la General del Estado, representado y asistido por su Abogado.

El objeto del recurso es la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional en Illes Balears, de 29 de enero de 1999, por la que se desestimaba la reclamación número 2437/97 presentada contra liquidación clave A0760197180000918, correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1995, por importe de 234.110 pesetas, girada por la Administración de Palma-Levante de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

La cuantía del recurso se ha fijado en 234.110 pesetas.

Se ha seguido la tramitación correspondiente al procedimiento ordinario.

Ha sido Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Pablo Delfont Maza, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso fue interpuesto el 11 de marzo de 1999, admitiéndose a tramite por providencia del día 24 de mayo siguiente, reclamándose el expediente administrativo y anunciándose mediante edicto insertado en el Boletín Oficial de esta Comunidad Autónoma.

SEGUNDO

La demanda se formalizó el 5 de junio de 2000, solicitando la estimación del recurso. No interesaba el recibimiento del juicio a prueba ni trámite de vista o conclusiones.

TERCERO

El Abogado del Estado contestó a la demanda el 19 de octubre de 2000, solicitando la desestimación del recurso y la imposición de las cotas. No interesaba el recibimiento del juicio a prueba ni trámite de vista o conclusiones.

CUARTO

Por providencia de 13 de Marzo de 2001, se señaló el día 3 de Abril siguiente para la votación y Fallo del recurso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Hemos descrito en el encabezamiento cual es la resolución administrativa contra la que se dirige el presente recurso contencioso.

La aquí recurrente, Dª María Milagros , presentó en tiempo y forma declaración-liquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas, ejercicio 1995, con resultando a ingresar 252.541 pesetas.

La Sra. María Milagros declaró rendimientos del capital inmobiliario -2.380.505 pesetas- y dedujo por gastos, en cuanto ahora importa, de conservación y reparación, la cantidad de 782.898 pesetas.

A requerimiento de la Administración Tributaria, la Sra. María Milagros presentó el 26 de septiembre de 1997 "...fotocopia de todos los justificantes...".

El 16 de octubre de 1997, la Administración tributaria, a la vista de la documentación presentada por la Sra. María Milagros , al no considerar justificadas 719.482 pesetas de los gastos declarados, acordó practicar propuesta de liquidación provisional y darle traslado a aquella para alegaciones, ocurriendo que en dicho acuerdo se decía que la Sra. María Milagros no había aportado "...los documentos justificativos...", lo que ésta entendió como que nada había presentado, seguramente por considerar que los presentados si que justificaban la totalidad de la cantidad deducida cono gastos...

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