STSJ Cataluña , 29 de Marzo de 2001

PonenteJOSE RAMON GIMENEZ CABEZON
ECLIES:TSJCAT:2001:4402
Número de Recurso300/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA Recurso n°. 300/ 1997 Partes: Don Luis Andrés C/ Tribunal Económico Administrativo Regional de Cataluña Objeto: Resolución 20/11/96 (REA 11776/95). Concepto: Apremio IRPF e IVA SENTENCIAN°.286/2.001 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE Dª. Mª LUISA PÉREZ BORRAT MAGISTRADOS Dª. CONCEPCIÓN ALDAMA BAQUEDANO D. JOSÉ RAMÓN GIMÉNEZ CABEZÓN En la ciudad de Barcelona, a veintinueve de marzo de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN CUARTA), constituida como figura al margen para la resolución del presente recurso contencioso administrativo n°. 300/1997, interpuesto por Don Luis Andrés , representado y defendido por el Letrado Don Jordi Ventura Buxados contra la citada resolución administrativa, actuando en nombre y representación de la Administración demandada -Tribunal Económico Administrativo Regional de Cataluña el Abogado del Estado Don Miguel Herranz Díaz, ha pronunciado EN NOMBRE DE S.M. EL REY la siguiente sentencia, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ RAMÓN GIMÉNEZ CABEZÓN, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la citada representación de la parte actora, se interpuso en tiempo y forma legal, recurso contencioso administrativo contra la Resolución de 20 de noviembre de 1996, dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Cataluña.

SEGUNDO

Admitido el recurso interpuesto, se le dio trámite conforme a la LJCA de 1.956, con aplicación de las normas del procedimiento ordinario dada la materia litigiosa, siendo la cuantía litigiosa de 625.843 ptas.

TERCERO

Hechos los emplazamientos pertinentes y recibido el correspondiente expediente administrativo, las partes por su orden, formularon escritos de demanda y contestación, suplicando, respectivamente, la revocación de la resolución impugnada y la desestimación del recurso, en los términos que aparecen en dichos escritos.

CUARTO

Por auto de 10 de diciembre de 1997 se acordó recibir el presente pleito a prueba, a solicitud de la parte actora, practicándose toda la prueba por ella instada, con el resultado que obra en autos.

QUINTO

Por providencia de 26 de febrero de 1998 se declaró conclusa la fase probatoria, evacuándose por ambas partes escrito de conclusiones, ratificándose en sus respectivas pretensiones, conforme obra en autos.

SEXTO

Por providencia de 5 de febrero de 2001 se señaló para votación y Fallo de este recurso el día 29 de marzo de 2001, en que tuvo lugar, habiéndose observado y cumplido en este procedimiento las prescripciones legales correspondientes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El aquí actor impugna la resolución de 20 de noviembre de 1996 del TEARC (REA 11776/95) que desestima su reclamación en vía contencioso-administrativa contra liquidación de intereses de demora derivados de actas de Inspección de conformidad abonadas por el actor (conceptos IVA-IRPF -ejercicios 84-85-86-87). Tales intereses incluidos en las actas fueron abonados por separado y con posterioridad al principal adeudado, liquidándose por la Administración tributaria el correspondiente recargo de apremio del 20% sobre el importe de tales intereses ingresados fuera de plazo, previas providencias de apremio, recurridas en...

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