STSJ Murcia , 21 de Marzo de 2001

PonenteABEL ANGEL SAEZ DOMENECH
ECLIES:TSJMU:2001:755
Número de Recurso444/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

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RECURSOS nº. 444/98 SENTENCIA nº. 168/01 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por D. Abel Ángel Sáez Doménech Presidente D. Mariano Espinosa de Rueda Jover D. Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº. 168/01 En Murcia a veintiuno de marzo de dos mil uno. En el recurso contencioso administrativo número 444/98, tramitados por las normas ordinarias, en cuantía indeterminada, y referido a: liquidación en Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Parte demandante:

Don Evaristo , representado y defendido por el Letrado Don Miguel Jesús Lozano Sánchez.

Parte demandada:

La Administración Civil del Estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

Acto administrativo impugnado:

Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 27 de octubre de 1997 que desestima la reclamación económico-administrativa R-30/2535/96 presentada frente a la resolución de 11 de septiembre de 1996 de la Dependencia de Gestión de la AEAT de la Delegación de Murcia que desestima el recurso de reposición potestativo interpuesto contra la liquidación provisional girada por el mismo órgano en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al ejercicio de 1994, en la que reduce la cantidad a devolver solicitada por el interesado en su autoliquidación, en cuantía de 171.197 ptas., a la cantidad de 38.932 ptas., como consecuencia de eliminar la deducción por dividendos percibidos de sociedades por importe de 182.324 ptas. y las retenciones e ingresos a cuenta imputados a sociedades en régimen de transparencia fiscal por importe de 132.265 ptas.

Pretensión deducida en la demanda:

Que se dicte sentencia anulando la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia anteriormente mencionada y dejando sin efecto la liquidación provisional realizada por la Dependencia de Gestión Tributaria de la Delegación de hacienda de Murcia, se reconozca el derecho del actor a imputar en su declaración-liquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al año 1994 las retenciones procedentes de la sociedad Campos de Orihuela S.A. y que se produjeron en el ejercicio cerrado el 30 de septiembre de 1993 y cuyas cuentas anuales fueron aprobadas por la Junta General de Accionistas con fecha 26 de abril de 1994.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Abel Ángel Sáez Doménech, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 27-2-98, y admitidos a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

No ha habido recibimiento del proceso a prueba, por no haber sido solicitado por ninguna de las partes.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 9-3-01.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Dirige la actora el presente recurso contencioso administrativo frente a la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 27 de...

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