STSJ Andalucía , 2 de Abril de 2001

PonenteMARIA LUISA ALEJANDRE DURAN
ECLIES:TSJAND:2001:4499
Número de Recurso554/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 2 de Abril de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA. (SEDE DE SEVILLA)

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA Recurso número 554/1999 SENTENCIA Ilmo. Sr. Presidente Don Santiago Martínez Vares García Ilmos. Sres. Magistrados Don Francisco José Gutiérrez del Manzano Doña María Luisa Alejandre Durán En la ciudad de Sevilla, a dos de abril de dos mil uno. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla ha visto el recurso número 554/1999, interpuesto por la entidad PROVENIN, S.A. representada por el Procurador D. Juan López de Lemus y defendida por Letrado, contra Resolución del TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ANDALUCÍA, representado y defendido por el Sr. Abogado del Estado. También ha comparecido como parte la JUNTA DE ANDALUCÍA, representada y defendida por Letrado de sus servicios jurídicos. La cuantía del recurso ha sido fijada en 2.249.850 pesetas.

ANTECEDENTES
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 19 de mayo de 1999 contra la Resolución que se citará en el Fundamento Jurídico Primero.

SEGUNDO

En la demanda, la parte actora solicitó de la Sala se dicté Sentencia anulando la resolución impugnada, con los demás pronunciamientos de constancia.

TERCERO

Dado traslado del escrito de demanda, las Administraciones demandadas contestaron en tiempo y forma oponiéndose a la misma y suplicando se dictara Sentencia confirmatoria de los acuerdos recurridos.

CUARTO

No recibido el pleito a prueba y declarada conclusa la discusión escrita, se ordenó traer los autos a la vista con citación de las partes para Sentencia y se señaló para votación y Fallo el día 26 de marzo de 2001, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª. María Luisa Alejandre Durán.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se debate en este proceso, la conformidad a Derecho de la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía de 24 de febrero de 1999, desestimatoria de la reclamación n° 41/3584/97 deducida contra la liquidación por el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados en relación a una escritura de cancelación de préstamo hipotecario.

SEGUNDO

El Tribunal Económico-Administrativo desestimó la reclamación al considerar que los préstamos hipotecarios están sujetos y no exentos al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados conforme a la interpretación fijada en la Doctrina Legal formada por reiterada...

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