STSJ Comunidad Valenciana , 12 de Marzo de 2001

PonenteJOSEFINA SELMA CALPE
ECLIES:TSJCV:2001:2271
Número de Recurso576/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución12 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Rº núm. 576/97 S E N T E N C I A N º 367 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Iltmos. Sres.:

Presidente D. JOSÉ DÍAZ DELGADO Magistrados D.MARIANO AYUSO RUIZ TOLEDO Dª JOSEFINA SELMA CALPE En Valencia, a doce de marzo de dos mil uno. Visto por la Sección PRIMERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo núm. 576/97, promovido por el Letrado D Jesús Bonet Sánchez, en nombre y representación de INMOBILIARIA GUADALMEDINA, S.A, contra la resolución nº 6382 de 13 de diciembre de 1996 de la Alcaldía del Ayuntamiento de Valencia recaída en el recurso deducido contra liquidación practicada en concepto de IBI, ejercicios 1992 y 1993, relativa a inmueble sito en la calle Daniel Balaciart nº 4, así como contra la propia liquidación, habiendo sido parte en autos la Administración demandada representada por el Letrado del Ayuntamiento de Valencia.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido en el art. 78 de la Ley de la Jurisdicción, y verificado quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señala la votación para el día dos de febrero de dos mil uno, teniendo así lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia dado el exceso de trabajo que pesa sobre la Sección.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes concordantes y de general aplicación.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª JOSEFINA SELMA CALPE.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo se ha interpuesto contra la resolución nº

6382 de 13 de diciembre de 1996 de la Alcaldía del Ayuntamiento de Valencia que estimó parcialmente el recurso deducido contra la liquidación practicada en concepto de IBI, ejercicios 1992 y 1993, relativa a...

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