STSJ Cataluña 1/2003, 9 de Enero de 2003

PonenteROSA MARIA VIROLES PIÑOL
ECLIES:TSJCAT:2003:101
Número de Recurso17/2002
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1/2003
Fecha de Resolución 9 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Social

D. IGNACIO MARÍA PALOS PEÑARROYAD. FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOSDª. Dª. ROSA MARÍA VIROLÉS PIÑOL

Demanda núm. 17/2002

Demanda núm. 17/2002

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

DE CATALUNYA

SALA SOCIAL

MAC

ILMO. SR. D. IGNACIO MARÍA PALOS PEÑARROYA

ILMO. SR. D. FRANCISCO JAVIER SANZ MARCOS

ILMA. SRA. Dª. ROSA MARÍA VIROLÉS PIÑOL

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En Barcelona, a nueve de enero de dos mil tres.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por losIlmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A Nº 1/2003

En los autos nº 17/2002, iniciados en virtud de demanda de Tutela de derechos fundamentales, a instancia de Comité de Empresa de Televisió de Catalunya, S.A., ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Dª. ROSA MARÍA VIROLÉS PIÑOL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 15-10-02 tuvo entrada en la Secretaría de esta Sala, demanda de Tutela de derechos fundamentales en la que interviene comoparte demandante Comité de Empresa de Televisió de Catalunya, S.A., y como parte demandada Televisió de Catalunya, S.A., en la que se solicite se dicte Sentencia conforme a derecho. Admitida la demanda formulada, se ha celebrado el correspondiente acto de la vista el pasado día 11 de diciembre de 2002, en el que tras ratificarse la parte actora en sus peticiones, se opuso la demandada, practicándose las pruebas admitidas, según consta en el acta que se extendió al efecto. Y terminado el acto elevando a definitivas las partes sus conclusiones.

Primero

El Comité de empresa de la entidad demandada TVC, S.A. convocó a los trabajadores de TVC a la realización de huelgas parciales los siguientes días y franjas horarias: el día 29-9-1999 miércoles de 12,30 a 15,30 horas; el día 10-10-1999 domingo de 18,30 a 21,30 horas; el día 13-10- 1999 miércoles de 13 a 15,30 horas; y el día 15-10-1999 viernes de 13 a 15,30 horas y de 19,30 a 24 horas. Inicialmente se había convocado la huelgalos días 6 y 14 de octubre de 1999, que fue desconvocada.

Segundo

Los días en que el Comité de Empresa de TVC convocó la huelga coincidieron con la celebración de la campaña electoral para las elecciones al Parlament de Catalunya que finalizaba el día 15-10-1999.

Tercero

Para la convocatoria de las referidas huelgas parciales se señalaron los correspondientes objetivos, se designó el Comité de Huelga, y se preavisó con el tiempo legalmente preordenado a la dirección de la empresa y a la autoridad administrativa laboral competente. Asimismo, el comité de la empresa demandada organizó la huelga y llevó a cabo los actos necesarios para su convocatoria.

Cuarto

Tras la celebración sin acuerdo de las Mediaciones ante la Direcció General de Relacions de Treball los días 27-9-99 y 1 y 6-10-1999, cuyas actas por obrar en autos se tienen por reproducidas; la Consellería de Treball dictó tres Ordenes de garantía de los servicios mínimos esenciales de la empresa durante las horas de huelga, cuyo contenido por obrar asimismo en autos, se da aquí por reproducido, y que condicionaba la huelga anunciada al mantenimiento de los servicios mínimos siguientes: "Emisión del 50% del tiempo habitual de informativos en la franja horaria de éstos". "Emisión de los espacios gratuitos fijados por la junta electoral y emisión de la propaganda institucional electoral. La Dirección de la Empresa oído el Comité de huelga o, si no lo hay, los representantes sindicales, determinará el personal estrictamente necesario para garantizar la prestación normal de los servicios mínimos establecidos anteriormente. Estos servicios mínimos los prestará preferentemente, si lo hubiese, el personal que no ejerciese el derecho de huelga".

Quinto

El Comité de Empresa demandante recurrió ante la Jurisdicción Contencioso- Administrativa las citadas tres Ordenes de servicios mínimos por considerarlos abusivos, habiendo recaído Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en fecha 7-7-2000, por la que se estima en parte el recurso, declarando la vulneración del art. 28.1 en la fijación de los servicios mínimos con arreglo a lo vertido en el fundamento jurídico séptimo de la misma, que por obrar en autos, se da aquí por reproducido.

Sexto

Dicha sentencia fue recurrida ante el Tribunal Supremo por el Comité de Empresa estando pendiente de tramitación el Recurso de casación interpuesto. La empresa parte codemandada en el proceso no recurrió la citada sentencia.

Séptimo

La empresa determinó quienes debían ser los integrantes de los servicios mínimos esenciales sin dar oportunidad a los trabajadores que no quisieran hacer huelga para que se ofrecieran para la realización de aquéllos.

Octavo

La empresa demandada convocó en los servicios mínimos a los trabajadores técnicos del "Departamento de Emisión Técnica", Jefe de Cadena, el encargado y cuatro técnicos.

Noveno

Algunos de los días de huelga la demandada convocó a algunas de las delegaciones que TVC tiene en España y en el extranjero. El día 29.09.99 hubo un atentado en la Bretaña francesa atribuido a ETA habiéndose informado de dicho hecho el corresponsal de TV3 en París. El corresponsal en Washington informó de la reunión del FMI en dicha ciudad, con intervención del Ministro español Sr. Luis Alberto . El día 15 en Finlandia se reunieron los Presidentes de Gobierno de los 15 países de la U.E., habiéndose desplazado el corresponsal de TV3 en Bruselas a Finlandia para informar de aquélla.

Décimo

Para las horas de huelga del día 29.09.99 (miércoles), la empresa demandada convocó a 87 trabajadores; para la del día 10.10.99 (domingo) a 55 trabajadores, cuando lo normal en los informativos de fines de semana es de 90 a 100 trabajadores; para la del 13.10.99 (miércoles) a 114 trabajadores; y para la del 15.10.99, a 207 trabajadores en dos turnos de trabajo por afectar la huelga a dos franjas horarias.

Decimoprimero

La representación de los trabajadores, en sede de Conciliación Laboral, reunión celebrada el día 6 de octubre de 1999, subsidiariamente peticionó a la Conselleria el desplazamiento de la emisión de los informativos fuera de las horas de huelga, lo que no fue aprobado.

Decimosegundo

La empresa demandada había desplazado por un partido de fútbol del Barça el "Telenoticies vespre" del día 27-09-99, que no estaba afectado por la huelga, ante la coincidencia horaria de aquellos.

Decimotercero

En losinformativos del canal de TV3 de los días y horas afectadas por la huelga se informaba por uno de los conductores al final, que su tiempo se había reducido por la huelga convocada por el Comité de Empresa en TVC por la negociación del Convenio Colectivo del año 2000 con la excepción del informativo Telenoticias última hora del día 15 de octubre de 1999 en que no se informó.

Decimocuarto

En el Canal 33 no se hizo mención alguna a la huelga en el único informativo emitido, el de "Noticias 33", y afectado por la huelga.

Decimoquinto

En la prensa diaria se dio cuenta de las huelgas convocadas en TVC.

Decimosexto

El contenido de los informativos afectados por la huelga estaba integrado por todo tipo de noticias, siendo similar al delos restantes días en su formato y estructura de presentación (número de conductores, 4 en informativos de TV3 y 1 en los del Canal 33, voz en off en los informativos del Canal 33), si bien más reducido.

Decimoséptimo

El contenido de la información emitida durante la huelga fue determinado por la Dirección de la Empresa a través de la Dirección de Informativos, siguiendo habitualmente hace, criterios profesionales de información.

Decimoctavo

La empresa demandada los días 22.9, 13.10 y 15.10, dejó de emitir el programa "Telenotícies Catalunya", único de carácter comarcal y local, que se emite diariamente de lunes a viernes de las 14,00 a las 14,20 h. aproximadamente, con un índice de audiencia de unos 300.000 espectadores.

Decimonoveno

Tampoco emitió en el canal TV3 los 20 minutos diarios de informaciones sobre Catalunya, que en desconexión se emite desde sus Delegaciones de Girona, Lleida y Tarragona y desde su central en Sant Joan Despí; ni el programa "Medi Ambient".

Vigésimo

En el Canal 33 no se emitió en los días y horas afectados por la huelga informativo alguno a excepción de "tot l´Esport", en una jornada y redujo su tiempo, y las "Noticias 33" de las 10 de la noche duraron 7.28 minutos cuando lo habitual puede llegar a ser de hasta 15 minutos, emitiéndose el resto de las horas afectadas por la huelga en los días convocados, publicidad y cine, documentales, etc.

Vigésimo primero

Los informativos de medio día (TN Mitgdia) de los días 29.9 y 13 y 15.10.99, incluida la información del tiempo tuvieron una duración de 40 minutos el día 29.9, de 41 minutos el 13.10 y de 35 minutos el 15.10.99, habiendo computado TVC para el cálculo de emisión del 50% de tiempo habitual de los informativos establecidos por la Autoridad competente como servicios mínimos, el tiempo normal de duración de los informativos de medio día "TV Catalunya" y "TV Mitgdia" que es de unos 90 minutos aproximadamente, de modo que los informativos "TN Mitgdia" así computados tuvieron una reducción superior al 50% en su emisión.

Vigésimo segundo

Los informativos TN Nit afectados por la huelga, los de los...

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