STSJ Cataluña , 21 de Septiembre de 2001

PonenteMARIA LUISA PEREZ BORRAT
ECLIES:TSJCAT:2001:11106
Número de Recurso55/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Septiembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA Rollo de apelación n°. 55/2001 Partes: Doña Regina C/ Conselleria d'Ensenyament SENTENCIA N°.97 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE Dª. Mª LUISA PÉREZ BORRAT MAGISTRADOS D. FRANCISCO JOSÉ SOSPEDRA NAVAS D. JOSÉ RAMÓN GIMÉNEZ CABEZÓN En la ciudad de Barcelona, a veintiuno de septiembre de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN CUARTA), constituida para la resolución de este recurso se ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso de apelación n°. 55/2001, interpuesto por Doña Regina , en nombre e interés propio, contra la Conselleria d'Ensenyament, representada y asistida por el Sr. Lletrat de la Generalitat. Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Mª LUISA PÉREZ BORRAT, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia apelada contiene la parte dispositiva del siguiente tenor: "1) Inadmitir el recurso contencioso interpuesto por la actora contra la resolución del Conseller de Ensenyament de la Generalitat de Catalunya de fecha 7 de julio de 2000, que confirma en reposición la anterior resolución de 26 de abril de 2000. 2) No hacer condena de las costas causadas".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación, siendo admitido en un solo efecto, por el Tribunal de Instancia, con remisión de las actuaciones a este Tribunal previo emplazamiento de las partes, personándose en tiempo y forma como apelante Doña Regina y como parte apelada la representación procesal de la Conselleria d'Ensenyament.

TERCERO

Desarrollada la apelación y no instado el recibimiento del precedente pleito a prueba y tras los oportunos trámites que prescribe la Ley Jurisdiccional en sus respectivos artículos, en concordancia con los de la L.E.C., se señaló a efectos de votación y Fallo la audiencia del día 19 de septiembre de 2001, a la hora señalada.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Sra. Regina , aquí apelante, funcionaria de carrera del Cuerpo de Profesores de enseñanza secundaria, impugna en esta instancia la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo núm. 3 de Barcelona, que declaró la inadmisibilidad del recurso interpuesto por la apelante contra la resolución del Conseller d'Ensenyament de la Generalitat de Catalunya de fecha 7 de julio de 2000, que confirma en reposición la anterior de 26 de abril de 2000, por la que se estimaron los recurso extraordinarios de revisión y de modificación de la resolución de 14 de septiembre de 1999, por la que se resolvía el concurso de traslados convocado por resolución de 5 de noviembre de 1998, al entender que la Administración con esta resolución había reconocido la pretensión de la recurrente.

SEGUNDO

Para resolver la cuestión que se nos plantea, hemos de partir de los siguientes hechos, no controvertidos: a) la Sra. Regina , participó en el concurso de traslados convocado por resolución de 5 de noviembre de 1998, por la que se convocaba concurso de traslado, destinado a los cuerpos docentes de enseñanza secundaria; b) en dicho concurso se ofertaron las plazas que...

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