STSJ Murcia , 14 de Marzo de 2001

PonenteABEL ANGEL SAEZ DOMENECH
ECLIES:TSJMU:2001:680
Número de Recurso894/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

5 Este documento está impreso por una sola cara.

RECURSO nº. 894/97 SENTENCIA nº. 141/01 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:

D. Abel Ángel Sáez Doménech Presidente D. Mariano Espinosa de Rueda Jover D. Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº. 141/01 En Murcia a catorce de marzo de dos mil uno. En el recurso contencioso administrativo nº. 894/97, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía indeterminada, y referido a:

Parte demandante:

Federación de Baloncesto de la Región de Murcia, representada y dirigida por el Abogado D. Antonio García Montes.

Parte demandada:

El Comité de Disciplina Deportiva de la Región de Murcia, integrado en la dirección General de Juventud y Deportes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, representado y defendido por un Letrado de los Servicios Jurídicos de la Comunidad.

Parte codemandada:

Club de Baloncesto Vedruna, representado y defendido por el Abogado D. Francisco Bernabé Pérez.

Acto administrativo impugnado:

Resolución de 4 de febrero de 1997 del Comité de Disciplina Deportiva de la Región de Murcia, integrado en la Dirección General de Juventud y Deportes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, estimatorio del recurso interpuesto por el Club de Baloncesto Vedruna contra la resolución nº. 6 de 21 de enero de 1997 del Comité de Apelación de la Federación de Baloncesto de la Región de Murcia, que a su vez había estimado el recurso de apelación formulado por el Club de Baloncesto Don Bosco, dando por perdido el encuentro celebrado el 2-11-96 a este último Club, en contra de la decisión inicial del Comité de Competición de dicha Federación.

Pretensión deducida en la demanda:

Que se dicte sentencia por la que se estime el recurso contencioso administrativo formulado, anulando el acuerdo del Comité de Disciplina Deportiva, reponiendo el acuerdo nº. 6 del Comité de Apelación de la Federación de Baloncesto de la Región de Murcia.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Abel Ángel Sáez Doménech, quien expresa el parecer de la Sala.

I-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 14-4-97, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada y codemandada se han opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 2-3-2001.

II-

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El 2-11-96 se disputó el encuentro entre el Club de Baloncesto Don Bosco y el Club de Baloncesto Vedruna, contra cuyo resultado se presentó por el primero recurso ante el Comité de Competición de la Federación de Baloncesto de la Región de Murcia dando lugar al fallo 9603 de 5-11-96 desestimatorio de dicho recurso y confirmatorio del resultado den encuentro ganado el Club de Baloncesto Vedruna. Contra dicha resolución el Club Don Bosco interpuso recurso de apelación ante el Comité de Apelación de la Federación de Baloncesto de la Región de Murcia, el cual mediante resolución nº. 6 de 21 de enero de 1997 estimó el recurso revocando el acuerdo del Comité de...

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