STSJ Galicia , 23 de Abril de 2004

PonenteJOSE ELIAS LOPEZ PAZ
ECLIES:TSJGAL:2004:2847
Número de Recurso1231/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución23 de Abril de 2004
EmisorSala de lo Social

Dª MARÍA-ASUNCIÓN BARRIO CALLE, SECRETARIA DE LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA, DOY FE Y TESTIMONIO: Que en el Rollo/Recurso de Suplicación de referencia, obra dictado por esta Sala la siguiente resolución:

Recurso núm. 1231/04 JHC ILMO. SR. D. ANTONIO GONZALEZ NIETO PRESIDENTE ILMO. SR. D. ANTONIO J. OUTEIRIÑO FUENTE ILMO. SR. D. JOSE ELIAS LOPEZ PAZ A Coruña, a veintitrés de abril de dos mil cuatro.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres.

Magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 1231/04 interpuesto por D. Tomás y por

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Gerardo en reclamación de DESPIDO- RESOLUCION DE CONTRATO siendo demandado la Empresa TECNOLOGÍAS PARDIÑAS SL, D. Tomás y D. Juan Ramón , INDUSTRIAS PARDIÑAS SL., DISTRIBUCIONES CALDOUCEIRO, SL., D. Miguel , D. Aurelio y el FONDO DE GARANTIA SALARIAL en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 729 Y 730/03 (acumulados) sentencia con fecha dieciocho de noviembre de dos mil tres por el Juzgado de referencia que estimó la demanda interpuesta contra Tecnologías Pardiñas, SL., Distribuciones Caldouceiro, SL., Industrias Pardiñas, SA., D. Tomás , D. Miguel , D. Aurelio y el Fondo de Garantía Salarial y absolvió a los codemandados D. Juan Ramón , D. Miguel y D. Aurelio y también al Fondo de Garantía Salarial.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"1.-/ D. Gerardo , con DNI nº NUM000 , cuyos demás datos personales obran en autos, prestó servicios para la empresa codemandada "Industrias Pardiñas, SA." con la categoría profesional de Oficial 1ª

desde el día 8-4-88 y un salario mensual de 1.393,13 euros, incluida prorrata de pagas extraordinarias. 2.-/

En fecha 30-7-03 se dictó Auto por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Viveiro (Lugo), acordando declarar en estado legal de Quiebra voluntaria a la entidad "Industrias Pardiñas SA."

nombrándose DIRECCION000 de la misma a D. Miguel y como DIRECCION001 a D. Aurelio , también codemandados en el presente procedimiento. Procediéndose al cierre de la empresa en la misma fecha por parte del DIRECCION002 y DIRECCION001 . Desde el día 10 de Julio de 2003 la empresa está inactiva sin que los trabajadores realicen desde entonces tarea alguna. 3.-/ El día 4 de abril, en Junta Universal de accionistas de Industrias Pardiñas SL. se cambió el sistema de administración de la Sociedad de Consejo a DIRECCION002 tras el fallecimiento de Dª Consuelo , hasta entonces DIRECCION003 del Consejo de Administración, y se nombró DIRECCION002 de Industrias Pardiñas SL. a D. Tomás . En esa misma Junta constaba como orden del día la "Exigencia de responsabilidades civiles y/o penales al socio D. Tomás , por la gestión de facto llevada a cabo desde el año 1996." D. Tomás es DIRECCION004 de Industrias Pardiñas SL. con el 50% de las participaciones sociales. Del resto de las acciones pertenece, el 32,08 % a Dª Virginia , hermana del anterior y otra participación no cuantificada a Dª Virginia . 4.-/ Industrias Pardiñas S.L. fue DIRECCION005 mediante escritura notarial de 28 de diciembre de 1978 por Ismael , sus hijos Tomás y su hermano Bernardo , y por Luis María , con un capital social de 40 millones de pesetas, suscribiendo Ismael 3700 acciones, y el resto de los socios constituyentes 100 acciones. Se designó DIRECCION002 de la sociedad a Ismael . Fallecido Ismael , fue nombrada DIRECCION002 de industrias Pardiñas SA. su esposa Consuelo . Mediante escritura notarial de 28 de diciembre de 1992 se elevaron a públicos los acuerdos sociales de adaptación de estatutos y nombramiento de cargos del Consejo de Administración, el cual se integró como sigue: DIRECCION003 y DIRECCION006 , Consuelo ; DIRECCION006 , Bernardo ; Secretario, Virginia ; Vocales, Tomás y Luis María . Por escritura de 6 de julio de 1995 se elevó a público el acuerdo de ampliación de capital social de Industrias Pardiñas, SA. que se fijó en 100 millones de pesetas dividido en 10.000 acciones de 10.000 Pts de valor nominal cada una. Bernardo falleció el 18 en 1996. Por escritura de 26 de abril de 1996 se elevó a público el acuerdo social de Industrias Pardiñas, SA por el que se designaba DIRECCION003 del Consejo de Administración y DIRECCION006 a Consuelo , Secretario a el actor, DIRECCION006 a Tomás , y Vocal a Virginia . Por escritura de 26- 8-96 se elevó a público el acuerdo social de cese de Tomás como DIRECCION006 y miembro del Consejo de Administración de Industrias Pardiñas SA. En fecha 6 de julio de 2001 se escrituró el acuerdo del Consejo de Administración de Industrias Pardiñas, SA. por el que quedaba constituido el Consejo de Administración como sigue:

DIRECCION003 y DIRECCION006 , Consuelo . Secretario, Luis María . Vocal, Virginia . El 8 de septiembre de 2000 Consuelo otorgó poder notarial a favor de su hijo Tomás en nombre de Industrias Pardiñas, otorgándole las más amplias facultades en el ámbito de la relación de la empresa con terceras personas o entidades. Industrias Pardiñas, SA. fue declarada en suspensión de pagos, el 3 de abril de 2001, permaneciendo en esta situación durante el 2001 y 2002, habiendo sido levantada en la actualidad la suspensión. En la relación de acreedores de la suspensión figuraban: - Tomás por 28.634.233 Pts.- Distribuciones Caldouceiro, S.L. por 75.909 Pts.- FOGASA por 24.509.819 Pts. Por auto del Juzgado de 1ª

Instancia nº 2 de Vivero de 15 de julio de 2002 , en expediente nº 45/01, se aprobó el convenio votado favorablemente en Junta General de Acreedores de 17 de junio de 2002. Tomás estuvo al frente de la empresa durante la suspensión de pagos mediante poder especial que le otorgó su madre para ello. La empresa OZA, centro de Ayudas Técnicas, SL. cuyo DIRECCION002 es Tomás adquirió de Consuelo acciones de Industrias Pardiñas, SA. por escritura de 20 de octubre de 1998, en concreto: 7.650 acciones en plena propiedad, y el usufructo de las numeradas del 4001 a la 9550, y de la 1851 a la 3700.

Distribuciones Caldouceiro, SL. fue DIRECCION005 por escritura pública de 31 de mayo de 1999 por Consuelo y Juan Ramón . Tiene domicilio social en la parroquia de Santa Cecilia en Foz, lugar de Chao nº

  1. Su objeto social es la comercialización de materiales de construcción. Industrias Pardiñas SA. factura a algunas empresas con el nombre de Distribuciones Caldouceiro. SL. Los camiones que utiliza Industrias Pardiñas, SA. son de Distribuciones Caldouceiro. Tecnologías Pardiñas, SL. es una sociedad unipersonal, de la que es DIRECCION007 y DIRECCION002 Tomás . Su única actividad es la tenencia y alquiler de maquinaria. La maquinaria con la que trabaja Industrias Pardiñas, SA. es propiedad de Tecnologías Pardiñas, SL. siendo su único cliente. La nave industrial inscrita con el numero 19.553 en el Registro de Mondoñedo es propiedad de Industrias Pardiñas SL. 5-1 La mercantil Tecnología Pardiñas SL. se DIRECCION005 el día 26 de diciembre de 1996 por el Codemandado Tomás . El objeto social que consta en los Estatutos es la fabricación, venta y montaje de instalaciones industriales para la producción de productos cerámicos de cualquier clase así como forjados y cualquier prefabricado o producto utilizado en la industria de la construcción. La actividad única que ha venido desarrollando esta sociedad ha sido la de alquilar la nave industrial así como el inmovilizado que hay en ella a Industrias Pardiñas SL. Las naves industriales construidas en las fincas registrales NUM001 y NUM002 del Registro de la Propiedad de

Mondoñedo, tomo NUM003 , libro NUM004 , folios NUM005 y NUM006 propiedad de Tecnología Pardiñas SL. y que ocupaba en precario Industrias Pardiñas SL. fueron arrendadas a esta última sociedad en virtud de escritura pública otorgada con el número 1742 ante el Notario de Mondoñedo D. Francisco Manuel Mariño Pardo el día 16 de diciembre de 1997. Estas dos fincas fueron adquiridas por Tecnología Pardiñas SL. por donación de OZA SL. quien a su vez las había adquirido por donación de Dª Consuelo , Dª Virginia y D. Tomás que, en su día, las adquirieron por herencia de D. Ismael . Las fincas inscritas en el Registro de la propiedad de Mondoñedo con los números 8269, 17593, 4684 y 15077 pertenecen a Tecnología Pardiñas SL. por compraventa al Banco de Bilbao que se firmó, por parte de la sociedad, por D. Tomás como DIRECCION002 . El Banco de Bilbao las había adquirido en virtud de Auto del Juzgado de Vivero de 10 de septiembre de 1997 . 6-/ Distribuciones Caldouceiro SL. fue constituida el 31 de mayo de 1999 y su objeto social es la compraventa, gestión y administración de bienes muebles con excepción de lo sujeto a legislación del mercado valores, inmuebles, la distribución y comercialización de materiales para todo tipo de construcciones, así como la venta y alquiler de todo tipo de maquinaria industrial. El día 26 de junio de 2003, en escritura pública, el Sr. Juan Ramón vendió todas las participaciones sociales de Distribuciones Caldouceiro SL. a Industrias Pardiñas SL. representada en ese acto por D. Tomás , también DIRECCION002 de esta última entidad. D. Juan Ramón era titular de las mil participaciones sociales de Distribuciones Caldouceiro SL. una comprada a Dª Virginia y las otras 999 adjudicadas en la escritura fundacional. El DIRECCION002 de Distribuciones Caldouceiro S.L. es de D. Tomás . A la fecha actual el DIRECCION004 de la sociedad es el codemandado Tomás y su única actividad conocida es la de transporte de los materiales cerámicos que produce Industrias Pardiñas SL. Los camiones con los que se efectúa el transporte están en la nave de Industrias Pardiñas SL. D. Tomás es quien da las órdenes a...

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