STSJ Galicia , 21 de Abril de 2004

PonenteMARIA DOLORES GALINDO GIL
ECLIES:TSJGAL:2004:2720
Número de Recurso1293/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Abril de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

01/0001293/2002 SECCION PRIMERA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA Nº 321/2004 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Ilmos. Sres.

D. GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO. PTE. D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA.

Dª. MARIA DOLORES GALINDO GIL. En la Ciudad de A Coruña, a veintiuno de abril de dos mil cuatro.

En el proceso contencioso-administrativo que con el número 01/0001293/2002, pende de resolución de esta Sala, interpuesto por Jose Manuel Y Fidel , representados por el procurador D. JOSE AMENEDO MARTINEZ y dirigidos por el Abogado D. EDUARDO VISCASILLAS VAZQUEZ, contra resoluciones de fechas 10 y 30 de octubre de 2.002 del Concello de Vigo, sobre exclusión en listado provisional de admitidos Plaza de Técnico Medio de Servicios Económicos y no figurar en el Listado definitivo. Es parte como demandado EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VIGO, representado y dirigido por el LETRADO DE LOS SERVICIOS JURIDICOS de dicha Corporación. Es parte como demandado Daniel , funcionario, que actúa en su propio nombre y derecho; siendo la cuantía del recurso la de INDETERMINADA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que se realizó a medio de escrito en el que en síntesis contiene los siguientes HECHOS: El 11 de junio de 2002, Acuerdo de la Comisión de Gobierno de 27 -5 -2002, por la que se aprueban las Bases Generales y Específicas de la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Vigo para el año 2001, se interpuso recurso contra las Bases Específicas 3 punto II y punto IV, siendo desestimado, el 31 de julio de 2002 se recurrió la convocatoria de dicha oferta de empleo, no obteniendo respuesta expresa.- Por resolución del Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Vigo de 10 de octubre de 2002, por al que se excluye del listado provisional de admitidos la plaza de Técnico medio de Servicios Económicos a D. Jose Manuel , resolución que fue recurrida.- Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes, y suplica que se dicte sentencia declarando la nulidad de las Bases recurridas en los puntos II y IV.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la representación de la Corporación demandada y al Codemandado, evacuaron dicho traslado a medio de escritos de oposición, con los hechos y fundamentos de derecho que estimaron procedentes y suplicando se dicte sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Declarado concluso el debate escrito quedan las actuaciones sobre la mesa para resolver.

CUARTO

Que en la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente la Iltma. Sra. DOÑA MARIA DOLORES GALINDO GIL.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Don José Amenedo Martínez, en nombre y representación de Don Jose Manuel y Don Fidel , dirigen la presente vía jurisdiccional contra resolución del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Vigo de fecha 10 de octubre de 2002 por la que se excluye del listado provisional de admitidos para la plaza de Técnico Medio de Servicios Económicos a Don Jose Manuel y Resolución del Ayuntamiento de Vigo de 30 de octubre de 2002 por no figurar Don Jose Manuel en el listado definitivo de aspirantes a la plaza de Técnico Medio de Servicios Económicos.

SEGUNDO

Del expediente administrativo resultan los siguientes antecedentes de la cuestión litigiosa según los cuales, la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Vigo en sesión ordinaria de 21 de diciembre de 2001 aprobó la Oferta de Empleo Público (en adelante -OEP) para el año 2001. En ella y entre otras se incluía una plaza de Técnico Medio de Servicios Económicos integrada en el Grupo B de la escala de Administración Especial y Subescala de Servicios Especiales.

Las Bases Generales y Especiales de la OEP del año 2001 fueron aprobadas por la Comisión de Gobierno el día 27 de mayo de 2002 y fueron objeto de recurso contencioso-administrativo número 1102/2002, fallado por sentencia número 1137/2003 de 24 de diciembre de 2003 de esta Sala de lo...

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