STSJ Extremadura , 16 de Diciembre de 2002

PonenteWENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
ECLIES:TSJEXT:2002:2783
Número de Recurso126/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Ilmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey ha dictado la siguiente:

SENTENCIA NUM. 141/2.002 PRESIDENTE:

DON WENCESLAO OLEA GODOY MAGISTRADOS:

DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FÁTIMA BLANCA DE LA CRUZ MERA /

En Cáceres a dieciséis de Diciembre de dos mil dos. Visto el recurso contencioso de apelación número 126 de 2.002, interpuesto por los apelantes el AYUNTAMIENTO DE GUIJO DE GRANADILLA y la FEDERACIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES y MUNICIPIOS CON CENTRALES HIDROELÉCTRICAS y EMBALSES, representados por la Procuradora de los Tribunales Doña María Teresa Ginés Barroso, y así como parte apelante la CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado; contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Cáceres número 308/2.002, de 27 de septiembre, promovido por la Confederación Hidrográfica del Tajo impugnando acuerdo plenario celebrado en fecha 29 de octubre de 2.001 ordenando la sujeción al Impuesto sobre Actividades Económicas del Organismo de Cuenca; la sentencia de instancias, estimando el recurso, anula el acuerdo. Cuantía indeterminada.

I.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Cáceres se remitió a esta Sala el Procedimiento Ordinario número 50/2.002 seguido a instancia de la Confederación Hidrográfica del Tajo en cuyo proceso se dictó Sentencia nº 308/2.002 que estimaba el recurso interpuesto por la recurrente.

SEGUNDO

Notificada la anterior resolución a las partes, por el Ayuntamiento de Guijo de Granadilla y la Federación Nacional de Asociaciones y Municipios con Centrales Hidroeléctricas y Embalses se interpuso recurso de apelación contra citada Sentencia del que se dio traslado por término de quince días a la parte actora para alegaciones, acordándose posteriormente por resolución de 12 de Noviembre de 2.002, la remisión del recurso a esta Sala de lo Contencioso Administrativo.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a la Sala se formó el presente rollo de apelación con fecha 14 de Noviembre de 2.002, y por auto de 29 de Noviembre de 2.002, se admitió a trámite el presente recurso, quedando concluso para sentencia con citación de las partes.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado Presidente Don WENCESLAO OLEA GODOY que expresa el parecer de la Sala.

II.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO

.

- PRIMERO.- Se somete a la consideración de la Sala por la representación del Ayuntamiento de Guijo de Granadilla (Cáceres) y la Federación Nacional de Asociaciones y Municipios con Centrales Hidroeléctricas y Embalses, la sentencia del Juzgado de lo Contencioso- administrativo de Cáceres número 308/2.002, de 27 de septiembre, promovido por la Confederación Hidrográfica del Tajo impugnando acuerdo plenario celebrado en fecha 29 de octubre de 2.001 ordenando la sujeción al Impuesto sobre Actividades Económicas del Organismo de Cuenca; la sentencia de instancias, estimando el recurso, anula el acuerdo.

Se alza ante la Sala la Corporación Local suplicando la confirmación del acuerdo impugnado revocando la sentencia de instancia. Ha comparecido ante esta Sala el Sr. Abogado del Estado que, tras oponerse a la admisión del recurso de apelación se adhiere en cuanto al fundamento segundo de la sentencia de...

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