STSJ Murcia 596/2004, 29 de Septiembre de 2004

PonenteFERNANDO CASTILLO RIGABERT
ECLIES:TSJMU:2004:2434
Número de Recurso1301/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución596/2004
Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA nº 596/04 En Murcia, a veintinueve de septiembre de dos mil cuatro.

En el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº 1301/01, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía inferior a veinticinco millones de pesetas y referido a: vía de apremio.

Parte demandante:

D. Ildefonso , representado por la Procuradora Dª Susana García Idáñez y defendido por el Letrado

D. Maximiliano Tomás Gómez.

Parte demandada:

La Administración del Estado, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.Acto administrativo impugnado:

Resolución del TEARM de 27 de abril de 2001 dictada en la reclamación 30/419/00. Pretensión deducida en la demanda:

Se dicte sentencia por la que se declare la nulidad de los actos impugnados declarando por prescripción el sobreseimiento del procedimiento ejecutivo, todo ello con imposición de costas a la demandada si se opusiere a ello.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Fernando Castillo Rigabert, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 25 de julio de 2001 y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada ha solicitado la desestimación de la demanda por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos jurídicos de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 29 de septiembre de 2004.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El recurrente promovió reclamación económico administrativa impugnado el acuerdo dictado el 23 de diciembre de 1999 por el que la unidad de recaudación de la Administración de Cieza desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra diligencias de embargo llevadas a cabo en cuentas corrientes de su titularidad. Recabado el expediente originario del acto impugnado, y reiterada la petición, la oficina gestora no lo remitió, por lo que se le requirió para que manifestase si tenía interés en la continuación del procedimiento y en caso afirmativo que aportara los...

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