STSJ Cataluña , 13 de Septiembre de 2002

PonenteMANUEL QUIROGA VAZQUEZ
ECLIES:TSJCAT:2002:9971
Número de Recurso98/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA Rollo de apelación nº 98/02 Partes: Departament de Política Territorial i Obres Públiques de la Generalitat de Catalunya C/ D. Domingo S E N T E N C I A Nº743 Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE D. ÁNGEL GARCÍA FONTANET MAGISTRADOS D. MANUEL QUIROGA VAZQUEZ D. JOSÉ JUANOLA SOLER D. MANUEL TABOAS BENTANACHS Dª. PILAR MARTÍN COSCOLLA D. FRANCISCO LÓPEZ VÁZQUEZ En la ciudad de Barcelona, a trece de septiembre de dos mil dos. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN TERCERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el rollo de apelación nº 98/02, interpuesto por el DEPARTAMENT DE POLÍTICA TERRITORIAL I OBRES PÚBLIQUES, contra DON Domingo . Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D.MANUEL QUIROGA VAZQUEZ , quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El auto apelado contiene la parte dispositiva del siguiente tenor: "DISPOSO: DENEGAR, en els termes que es presenta i es formula, la sol.licitud d´entrada efectuada pel Lletrat de la Generalitat de Catalunya en la parcel.la NUM000 - NUM001 situada en l´àmbit de Torrent de Vera del terme municipal d´Argentona, propietat de Domingo ".

SEGUNDO

Contra dicho auto, se interpuso recurso de apelación, siendo admitido en un solo efecto, por el Juzgado de Instancia, con remisión de las actuaciones a este Tribunal.

TERCERO

Desarrollada la apelación, finalmente, se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 10 septiembre del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en esta alzada por la Generalidad de Cataluña (Consejería de Política Territorial y Obras Públicas) el Auto de fecha 13 de marzo de 2002 dictado por el Juzgado nº 4 de lo Contencioso Administrativo de Barcelona que denegó la entrada de la Administración Autonómica a las construcciones de una parcela sita en el término municipal de Argentona para ejecutar una resolución administrativa.

SEGUNDO

El 11 de enero de 2002 la recurrente solicitó del Juzgado nº 4 de lo Contencioso Administrativo de Barcelona autorización de entrada a la parcela NUM000 - NUM001 del ámbito Torrent de la Vera, sita en el término municipal de Argentona, con la finalidad de ejecutar, subsidiariamente, una resolución dictada contra Dn. Domingo , por la Consejería de Política Territorial y Obras Públicas de la Generalidad de Cataluña, en el expediente nº...

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