STSJ Comunidad de Madrid , 20 de Noviembre de 2000

PonenteVALERIANO PALOMINO MARIN
ECLIES:TSJM:2000:13971
Número de Recurso1266/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Proc. Sra. Yustos Capilla Ltdo. Sr. Abolafio Balsalobre TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª

RECURSO N° 1266 de 1997 PONENTE Sr. Valeriano Palomino Marín SENTENCIA N° 1101 Presidente Ilmo. Sr. Juan Ignacio González Escribano Magistrados Ilmos. Sres.

D. Valeriano Palomino Marín D. Alfonso Sabán Godoy Dª Laura Tamames Prieto Castro D. José Tomé Paule En Madrid a veinte de noviembre de dos mil. Visto por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el recurso n° 1266 de 1997 interpuesto por Promociones El Lomo Sociedad Anónima representada por la Procuradora doña Elena Paula Yustos Capilla y defendida por los Letrados don Florencio Alberto Díez de Dios y don Alberto Hervás Rodríguez, contra resolución del Tesorero del Ayuntamiento de Getafe de 23 de mayo de 1997, confirmatoria en reposición de diligencias de embargo de bienes y derechos de fecha 19 de abril del mismo año 1997; habiendo sido parte el Ayuntamiento demandado, representado y defendido por el Letrado don Manuel Abolafio Balsalobre. La cuantía del recurso es de 23.793.331 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y recibido el expediente administrativo, fue emplazada la parte recurrente para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que, tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de las diligencias de embargo impugnadas y de la liquidación en ellas contenida, levantándose la traba sobre los bienes y derechos objeto de embargo.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

Recibido el pleito a prueba, se denegó la propuesta por la parte actora, con el resultado que obra en autos.

CUARTO

Las partes cumplimentaron el trámite de conclusiones por el que se ordenó el procedimiento, tras lo cual se señaló para deliberación y Fallo del recurso el día 17 de noviembre en curso.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Valeriano Palomino Marín.

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente proceso trae causa de los siguientes hechos:

  1. En 21 de mayo de 1992 la Recaudación ejecutiva Municipal de Getafe notificó a la recurrente dos diligencias de embargo de fechas 14 y 7 de mayo del mismo año dictadas para la exacción de los conceptos retributivos de Licencia de Apertura y Licencia de Obras por un importe de 15.244.120 pesetas, desglosado en 12.286.767 pesetas de principal, 2.457.353 de recargos de apremio y 500.000 de gastos y costas del procedimiento.

  2. La recurrente impugnó tales actuaciones, en las vías económico administrativa y judicial, resolviéndose esta última mediante Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional de 27 de diciembre de 1996 en su recurso 06/000121/1994 en la que se ordenó la...

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