STSJ Cantabria , 12 de Julio de 2002

PonenteCESAR TOLOSA TRIVIÑO
ECLIES:TSJCANT:2002:1425
Número de Recurso725/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución12 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SENTENCIA Iltmo. Sr. Presidente Don César Tolosa Tribiño Iltmos. Sres. Magistrados Doña María Teresa Marijuán Arias Don José Luis Domínguez Garrido En la Ciudad de Santander, a doce de julio de dos mil dos. La Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso número 725/01, al que se ha acumulado el nº 726/01, interpuestos por DON Santiago , representado por el Procurador Don José Luis Aguilera San Miguel y defendido por el Letrado Don Luis Francisco Lastra Suarez, contra la ADMINISTRACION DEL ESTADO (TRIBUNAL ECONOMICO- ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CANTABRIA), representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado. La cuantía del recurso es de 10.321,66 euros. Es ponente el Iltmo. Sr. Don César Tolosa Tribiño, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Los recursos se interpusieron el día 3 de julio de 2001, contra las resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cantabria, de 27 de abril de 2001, por las que se acuerda "desestimar las reclamaciones interpuestas y confirmar las providencias de apremio impugnadas por el recurrente, contra los acuerdos del Jefe de la Dependencia Regional de Recaudación de la A.E.A.T. de Cantabria de fecha 19 de enero de 2000, en los que se declara responsable subsidiaria como administrador de las deudas de "Grupo Plaza Mayor, S.L.".

SEGUNDO

En su escrito de demanda, la parte actora interesa de la Sala dicte sentencia por la que se declare la nulidad de las resoluciones combatidas, por ser contrarias al ordenamiento jurídico.

TERCERO

En su escrito de contestación a la demanda la Administración demandada solicita de la Sala la desestimación del recurso, por ser conformes a Derecho los actos administrativos que se impugnan.

CUARTO

Recibido el proceso a prueba, se practicaron las que obran en autos y se señala fecha para votación y fecha el día 11 de julio de 2002, en que efectivamente se deliberó, votó y falló.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugnan a través de los presentes recursos las resoluciones del Tribunal

Económico-Administrativo Regional de Cantabria, de 27 de abril de 2001, por las que se acuerda "desestimar las reclamaciones interpuestas y confirmar las providencias de apremio impugnadas por el recurrente, contra los acuerdos del Jefe de la Dependencia Regional de Recaudación de la A.E.A.T. de Cantabria de fecha 19 de enero de 2000, en los que se declara responsable subsidiaria como administrador de las deudas de "Grupo Plaza Mayor, S.L.".

SEGUNDO

El objeto del presente recurso son las providencias de apremio giradas al recurrente como consecuencia del impago, dentro del período voluntario, de una serie de cantidades de...

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