STSJ Castilla-La Mancha , 18 de Noviembre de 2002

PonenteVICENTE MANUEL ROUCO RODRIGUEZ
ECLIES:TSJCLM:2002:3025
Número de Recurso137/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución18 de Noviembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso núm. 137 de 1999 Toledo S E N T E N C I A Nº. 633 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN 2ª.

Iltmos. Sres.:

Presidente:

D. Vicente Manuel Rouco Rodríguez Magistrados:

Dª. Raquel Iranzo Prades D. Jaime Lozano Ibáñez En Albacete a dieciocho de Noviembre de dos mil dos. Vistos por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, los presentes autos nº 137 de 1999 del recurso contencioso administrativo seguido a instancia de Dª. Marta , representada por el Procurador Don Trinidad Cantos Galdámez, y dirigida por el Letrado Don Ernesto de la Rocha Celada. Contra el TEAR de Castilla-La Mancha, que ha estado representado y dirigido por el Iltmo Sr. Abogado del Estado. Sobre resolución desestimatoria de reclamación económico administrativa interpuesta frente a Resolución desestimatoria de suspensión del procedimiento de apremio derivado de liquidación de intereses de demora; siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don Vicente Manuel Rouco Rodríguez, Presidente de Sala; y

ANTECEDENTES DE HECHO

Por la parte actora se interpuso en 14 de enero de 1999 recurso contencioso administrativo frente a los actos administrativos aludidos en el encabezamiento de la presente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Toledo, que lo remitió a esta Sala al estimarse incompetente, y admitido a trámite, se le entregó el expediente administrativo recibido para que formalizara la demanda, lo que hizo en su momento por medio de escrito en el que, después de exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó con la suplica literal de que se tuviera por interpuesta demanda contra la Resolución de la Audiencia Territorial de la Administración de Talavera de la Reina (Toledo) de 29 de mayo de 1998, por la que se deniega la suspensión de la ejecución de la deuda tributaria en concepto de intereses de demora por importe de 187.701 ptas y 37.540 ptas más de recargo de apremio y la del TEAR de 10 de septiembre de 1998 que confirma tal acto administrativo y dicte sentencia por la que estimando el recurso se anulen dichas Resoluciones condenando al órgano administrativo demandado a dejar en suspenso la vía de apremio para el cobro de la deuda tributaria hasta la resolución definitiva del recurso promovido, para que se declare nulo el acuerdo de existencia de la deuda tributaria y devuelva a la actora la suma de...

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