STSJ Comunidad Valenciana 1808/2006, 24 de Mayo de 2006
Ponente | MARIA MERCEDES BORONAT TORMO |
ECLI | ES:TSJCV:2006:3819 |
Número de Recurso | 4195/2005/ |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 1808/2006 |
Fecha de Resolución | 24 de Mayo de 2006 |
Emisor | Sala de lo Social |
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Recurso nº. 4195/2005
Recurso contra Sentencia núm. 4195/2005
Ilmo. Sr. D. Manuel José Pons Gil
Presidente
Ilma. Sra. Dª. María Mercedes Boronat Tormo
Ilma. Sra. Dª María Montes Cebrián
En Valencia, a veinticuatro de mayo de dos mil seis.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 1808/2006
En el Recurso de Suplicación núm. 4195/2005, interpuesto contra la sentencia de fecha 5-7-2005, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 9 VALENCIA, en los autos núm. 464-2004, seguidos sobre CANTIDAD, a instancia de D. Juan Manuel asistido por la Letrada Dª.Arancha Geijó Jiménez, contra "VAGALSE HOSTELERA S.L.,representada por José Manuel Vázquez Fontes y asisitida por el Letrado D. Miguel Pardo Bugeda; "JOCOSA HOSTELERIA S.L. y COMERCIAL HOSTELERIA MELIOPOLIS S.L.que no comparecieron a juicio pese a estar citado en legal forma. Ha sido parte el Fondo de Garantía Salarial, representado por el Letrado D. Juan Carlos García Albert. y en los que es recurrente la parte actora, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª. María Mercedes Boronat Tormo.
La sentencia recurrida de fecha 5-7-2005, dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que estimando la excepción de falta de legitimación pasiva alegada por el empresa VALGASE HOSTELERA S.L. desestimando la excepción de cosa juzgada alegada por el Fondo de Garantía Salarial y estimando en parte la demanda formulada por Juan Manuel contra las empresas "JOCOSA HOSTELERÍA S.L. COMERCIAL HOSTELERÍA MELIOPOLIS, S.L. y "VALGASE HOSTELERA, S.L.", debo condenar y condeno a las demandadas "JOCOSA HOSTELERÍA, S.L. y COMERCIAL HOSTELERIA MELIOPOLIS S.L." a que con carácter solidario, abonen al actor la cantidad de 318´51 euros más el 10/% de interés por mora, absolviendo a VAGALSE HOSTELERA, S.L. y declarando la responsabilidad legal subsidiaria del F.G.S.".
Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "1.- Que el demandante, Juan Manuel, ha venido prestando servicios por cuenta y dependencia de la empresa codemandada JOCOSA HOSTELERÍA, S.L. en el establecimiento "Show Girls, sito en la calle Joaquin Costa nº 41 de Valencia, con antigüedad de 04-07-02, categoría profesional de Camarero Calificación 3ª y salario mensual bruto, con prorrata de pagas extras de 596´26 euros. La relacion laboral se estableció en virtud de contrato de trabajo de duración determinada eventual, por acumulación de tarea: atención al público, a tiempo parcial, con jornada de 24 horas semanales, con duración de 4-07-02 a 3-07-02, prorrogado hasta 03-07-03". 2.-En fecha 27-06-03 el actor fue despedido, calificado improcedente por sentencia de fecha 28 de abril de 2004, dictada por el Juzgado de lo Social nº 10 de Valencia en la que se condenaba...
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