STSJ Castilla y León , 20 de Marzo de 2000

PonenteMARIA AURORA DE LA CUEVA ALEU
ECLIES:TSJCL:2000:1311
Número de Recurso99/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución20 de Marzo de 2000
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA En la ciudad de Burgos, a veinte de Marzo de dos mil. En el recurso de Suplicación número 99/2000 interpuesto por DON Jose Manuel , frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social de Segovia, en autos número 400/99 seguidos a instancia del recurrente, contra TALLERES Y GRUAS DIEZ S.L. , en reclamación sobre Despido . Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Doña María Aurora de la Cueva Aleu, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de referencia, tuvo entrada demanda suscrita por la parte actora en la que solicita se dicte sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el oportuno juicio oral, se dictó sentencia con fecha 24 de Diciembre de 1.999 , cuya parte dispositiva dice: "

FALLO

.- Que estimando la excepción de caducidad interpuesta por la empresa Talleres y Grúas Díez, S.L., y desestimando la demanda formulada por el Letrado D. Diego Peñalosa Izuzquiza, en nombre y representación de D. Jose Manuel , en materia de despido, contra la Empresa Talleres y Grúas Díez, S.L., debo de absolver y absuelvo a éste de las pretensiones en su contra deducidas".

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes: "PRIMERO:

Don Jose Manuel ha prestado servicios por cuenta y orden de la empresa Talleres y Grúas Díez, S.L. con una antigüedad de 17.03.1999, categoría profesional de conductor y un salario mensual bruto, con la inclusión de la parte proporcional de pagas extraordinarias, de 185.877 pesetas. SEGUNDO: La empresa demandada se dedica a la actividad económica del transporte. TERCERO: Con fecha de 23.07.1999 la empresa demandada notificó al actor carta del siguiente tenor literal: "Que con fecha de 23 de Julio de 1.999, considere rescindido el contrato de trabajo suscrito con esta empresa, por falta de aptitudes para el puesto de trabajo que tiene encomendado". CUARTO: Con fecha de 26.10.1999 Don Jose Manuel presentó ante el Juzgado de lo Social de Segovia demanda en materia de despido, contra la empresa Talleres y Grúas Díez S.L., y tras serle concedido plazo al efecto, con fecha 16.11.1999 presentó papeleta de conciliación ante el UMAC, celebrándose el acto el 25.11.1999 que resultó sin avenencia. QUINTO: Con fecha de 17.08.1999 Don Jose Manuel presentó papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación de Madrid, por despido, contra la Empresa Talleres y Grúas Díez S.L. celebrándose el acto el 26.08.1999, que se tuvo por intentado sin efecto, siendo solicitado en la misma fecha por el referido actor, Letrado del Turno de Oficio, cuya designación recayó en el Letrado D. Andrés Prieto Chaparro, siéndole notificada dicha designación el 02.09.1999. SEXTO: Con fecha...

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