STSJ Cataluña , 20 de Septiembre de 2000

PonenteSEBASTIAN MORALO GALLEGO
ECLIES:TSJCAT:2000:11469
Número de Recurso3294/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2000
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 3294/2000 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL XTR ILMO. SR. D. JOSÉ DE QUINTANA PELLICER ILMO. SR. D. SEBASTIÁN MORALO GALLEGO ILMA. SRA. Dª. Mª LOURDES ARASTEY SAHUN En Barcelona a 20 de septiembre de 2000 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 7464/2000 En el recurso de suplicación interpuesto por Darío frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 Tarragona de fecha 23.12.99 dictada en el procedimiento nº 677/1999 y siendo recurrido/a Elsa . Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. SEBASTIÁN MORALO GALLEGO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 8.10.99 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido en general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 23.12.99 que contenía el siguiente Fallo:

Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por D. Darío contra Dña. Elsa , sobre despido, absolviendo a la demandada de los pedimentos de la presente demanda.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

" 1º.- El actor ingresó a prestar sus servicios para la demandada en fecha 1.3.92, con la categoría profesional de Peón Tractorista y percibiendo un salario de 1193.284, pesetas con inclusión de prorratas, y en el centro de trabajo sito en la Masía Bertomeu s/n de El Vendrell.

2º.- El actor causó baja médica en fecha 16.7.99, siendo dado de alta por el CRAM el 1.9.99 por incomparecencia a la revisión médica. El actor impugna el alta médica, siendo confirmada dicha alta en fecha 4.11.99. El actor presenta partes de baja expedidos por el médico de cabecera con posterioridad al alta médica dada por el CRAM.

3.- En fecha 15.1.99 el actor suscribió con la demandada contrato de trabajo por tiempo indefinido. En fecha 30.9.99 la demanda dió de baja al actor en la Seguridad Social por incomparecencia al trabajo.

6º.-(sic) El actor no ha ostentado, ni ostenta, en el último año, cargo representativo o sindical.

7.- Se celebró la oportuna conciliación previa sin avenencia."

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre en suplicación la parte actora, contra la sentencia de instancia que desestima la demanda al considerar que la relación laboral no ha quedado extinguida por despido del empresario, sino por abandono voluntario del puesto de trabajo por parte del propio demandante, que no vuelve a personarse en la empresa desde el momento en el que se le...

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