STSJ Cataluña , 29 de Junio de 2004

PonenteSEBASTIAN MORALO GALLEGO
ECLIES:TSJCAT:2004:8102
Número de Recurso1745/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución29 de Junio de 2004
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA CATALUNYA SALA SOCIAL CG ILMO. SR. SEBASTIÁN MORALO GALLEGO ILMA. SRA. Mª LOURDES ARASTEY SAHÚN ILMA. SRA. ASCENSIÓN SOLÉ PUIG En Barcelona a 29 de junio de 2004 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as.

Sres/as. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A núm. 5070/2004 En el recurso de suplicación interpuesto por Simón frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 Sabadell de fecha 29/5/03 dictada en el procedimiento Demandas nº 1745/2002 y siendo recurrido PEDRO RAVENTOS S.A.. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. SEBASTIÁN MORALO GALLEGO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 22/11/02 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido en general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 29/5/03 que contenía el siguiente Fallo:

"Procede desestimar la demanda planteada por el demandante D. Simón contra la empresa demandada PEDRO RAVENTOS S.A, en reclamación sobre despido , y declarar la procedencia del despido, absolviendo a la empresa demandada de los pedimentos formulados en su contra."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

  1. -El demandante D. Simón con DNI nº NUM000 presta servicios para la empresa demandada PEDRO RAVENTÓS , S.A desde el 2 de mayo de 1997, con la categoría profesional de tintorero y percibiendo un salario mensual de 2.141,73 euros con inclusión de la parte proporcional de pagas extras.

  2. -La empresa demandada el día 8/11/02, notificó al actor mediante carta de fecha 5/11/02 la extinción de su contrato de trabajo por causas objetivas, concretamente por la necesidad de amortizar su puesto de trabajo debido a razones fundamentalmente económicas y productivas, al amparo de lo establecido en el art. 52.c del ET , y con fecha de efectos de 5/11/02.En la citada carta de despido se concreta cual es la situación actual de la empresa y los motivos que llevan a la misma a extinguir el contrato de trabajo del actor:Motiva esta decisión la drástica reducción de los pedidos que venimos sufriendo desde el mes de septiembre 2001 pasado, en todas nuestras líneas de actividad , con la consiguiente reducción de facturación , y disminución de carga productiva, lo que manteniendo los costes de estructura, nos origina unas pérdidas económicas que no podemos aguntar más tiempo, sin poner en grave peligro la viabilidad de la empresa.

    En los diez meses transcurridos del presente año 2002,las ventas se han reducido respecto de las efectuadas en igual periodo del ejercicio anterior.

    Desglosado por productos , y expresado en facturaciones en pesetas, las cifras son las siguientes:Enero-septiembre 2001/Enero-septiembre 2002 Bobina -38%, madeja-42%, Peinado- 24%,disminución promedio -35%.

    El continuado deterioro de la situación económica y financiera que esta disminución de pedidos y de actividad comporta, hace inevitable que tengamos que adecuar nuestra capacidad productiva a la realidad actual de nuestras ventas, para intentar evitar la inviabilidad definitiva.

    Por estas razones hemos de amortizar su puesto de trabajo.

  3. -La actividad de la empresa demandada lo constituyen los tintes de hilados y peinados, perteneciente al sector textil, subsector del ramo del agua, siendo una empresa de servicios, puesto que no fabrica producto alguno, limitándose su actividad a teñir y acabar los hilados y peinados que otras empresas fabrican , siendo sus clientes los hiladores de las empresas textiles.

  4. -En la empresa demandada se han producido desde el día 1/1/01 las siguientes extinciones contractuales:a) en fecha 8/10/01 fue baja por agotamiento de prestaciones de incapacidad temporal, con propuesta de incapacidad permanente el trabajador D. Jaime .b)en fecha 31/1/02 se produce baja voluntaria del trabajador D. Jose Enrique c)en fecha 5/02/02 tiene lugar el despido disciplinario del trabajador D. Alvaro .d) en fecha 30/6/02 tiene lugar la finalización de contrato del trabajador D. Juan e)en fecha 15/5/02 tuvo lugar el despido objetivo por amortización de puesto de trabajo de D. Luis María y en fecha 2/8/02 tuvo lugar el despido objetivo por amortización de puesto de trabajo de D, Benedicto , D. José ,D. Carlos Miguel Y D. Benjamín , teniendo lugar finalmente en fecha 5/11/02 el despido objetivo por amortización de puesto de trabajo de D. Leonardo y del propio actor.f) en fecha 28/1/03 se despidió a 4 trabajadores más.De los 11 trabajadores que despidió la empresa durante el citado período, 6 eran oficiales de producción y 1 era Director Técnico y otro tintorero.Actualmente la empresa demandada tiene 4 encargados como responsables de sección y 2 oficiales de producción.

  5. -Del informe efectuado por el Auditor D. Victor Manuel en fecha 25 de abril de 2003 en base a la revisión y análisis de los balances de situación de la empresa demandada y de las cuentas de explotación de los años 2000 a 2002 obrante en autos, el cual fue ratificado en el acto del juicio,se concluye que en relación al ejercicio 2000 la empresa obtuvo una facturación anual de 1.170.545,39 euros y un beneficio de explotación de 18.975,63 euros, en el ejercicio 2001 tuvo una facturación de 1.526.748,96 euros, y una pérdida de explotación por valor de 131.789,80 euros y en el ejercicio 2002 tuvo facturación de 1.021.846,13 euros y una pérdida de explotación por valor de 103.695,89 euros.Al término del ejercicio 2001 los accionistas se vieron obligados a efectuar una aportación , para compensar pérdidas de 132.823,67 euros.De los registros mensuales de facturaciones resulta que la reducción de actividad de la empresa se inició en el mes de octubre de 2001 y que persiste en la actualidad y ha representado para la empresa demandada una reducción de la cifra de ventas del 35%.La conclusión del informe es que " en tanto la cifra anual de facturación de PEDRO RAVENTOS S.A gire en torno al...

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