STSJ Andalucía , 16 de Abril de 2001

PonenteANTONIO LOPEZ DELGADO
ECLIES:TSJAND:2001:5166
Número de Recurso3146/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución16 de Abril de 2001
EmisorSala de lo Social

4 SECCION 1ª

M.D. SENTENCIA NÚM. 1156/2001 Autos 55/2000 Granada 4 ILTMO. SR. D. ANTONIO ANGULO MARTIN PRESIDENTE ILTMO. SR. D. ANTONIO LÓPEZ DELGADO ILTMO. SR. D. EMILIO LEÓN SOLÁ

ILTMO. SR. D. JOSÉ Mª CAPILLA RUIZ COELLO MAGISTRADOS En la ciudad de Granada a dieciséis de abril de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, han pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 3146/00, interpuesto por D. Adolfo contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. CUATRO de GRANADA en fecha 25 de octubre de 2.000 ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. ANTONIO LÓPEZ DELGADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por D. Adolfo en reclamación sobre DESEMPLEO contra INEM y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 25 de octubre de 2.000, por la que desestimo la demanda deducida por D. Adolfo contra Instituto Nacional de Empleo, y absuelvo al Organismo demandado de las pretensiones deducidas en su contra.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - D. Adolfo , titular del DNI nº NUM000 , domiciliado a efectos de notificaciones en Granada, Camino DIRECCION000 , NUM001 - NUM002 , afiliado al RGSS NUM003 , solicitó del INEM en 16.7.99 prestación de desempleo: Alta inicial, que le fue denegada mediante Resolución de 18.8.99 cuya copia obra al F. 15 y se da por reproducida por entender que el contrato temporal en el que el mismo había cesado se había concertado en fraude de Ley para acceder a la prestación tras un cese voluntario. Dedujo el actor Reclamación Previa en 8.10.99 desestimada por nueva resolución del INEM de 29.11.99.

  2. - El aquí demandante prestó sus servicios para la empresa La Previsora Almeriense, S.A. desde el 6.5.93 al 30.4.99 como Conductor a virtud de contrato ordinario por tiempo indefinido, habiendo cesado en la relación por baja voluntaria; a citada relación siguió una nueva con la Agencia de Seguros Almería S.A. como Auxiliar Administrativo entre el 3.5.99 al 14.5.99, a virtud de contrato de trabajo de duración determinada en su modalidad de eventuales por circunstancias de la producción habiendo cesado por "baja en período de prueba". Siguió una relación temporal en la modalidad de Eventuales por circunstancias producción con la empresa Transportes Gonbado, S.L. como conductor entre el 28.6.99 al 13.7.99.

  3. - Obran en Autos copias de los contratos suscritos, hojas salariales, partes de alta y baja, certificaciones de empresa y TC2 que se dan en lo necesario por...

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