STSJ Asturias , 5 de Enero de 2001

PonenteEDUARDO SERRANO ALONSO
ECLIES:TSJAS:2001:43
Número de Recurso77/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 5 de Enero de 2001
EmisorSala de lo Social

ROLLO N°: RSU 77 /2000 45005 AUTOS N° 573/99 AVILÉS-2 SENTENCIA N°: 1/01 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ASTURIAS En OVIEDO, a cinco de enero de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de ASTURIAS, siendo el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, formando Tribunal los Iltmos. Sres. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Dª. MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNÁNDEZ, D. JOSÉ

ALEJANDRO CRIADO FERNÁNDEZ Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY La siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de Empleo, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Avilés, ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por D. Alvaro , en reclamación de prestaciones de desempleo, siendo demandado el Instituto Nacional de Empleo y celebrado el acto del juicio oral, por el mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha por la que se la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - El demandante D. Alvaro , afiliado a la Seguridad Social con el número NUM000 , venía prestando servicios desde el 17 de octubre de 1991 para la empresa Bustapena Sociedad Cooperativa como dependiente de carnicería.

    El 28 de febrero de 1999 se extingue la relación laboral al amparo del artículo 52, c) del Estatuto de los Trabajadores (necesidad de amortizar puesto de trabajo), y en virtud de la comunicación escrita de fecha 25 de enero de 1999 obrante en el ramo de prueba de la parte actora, y cuyo contenido se da por reproducido.

  2. - El 18 de marzo de 1999 el demandante formula ante el Instituto Nacional de Empleo solicitud de prestación por desempleo-alta inicial, dictándose resolución el 31 de mayo de 1999 denegatoria de la solicitud. Formulada reclamación previa, fue desestimada el 20 de setiembre de 1999.

  3. - El demandante es socio fundador de la cooperativa Bustapena Sociedad Cooperativa, ostentando un 20% de participación de la misma. Dicha cooperativa fue constituida como una Sociedad Cooperativa de Explotación Comunitaria de la Tierra.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada, siendo impugnado de contrario.

Elevados los autos a esta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR