STSJ Galicia , 21 de Enero de 2004

PonenteMARIA DOLORES GALINDO GIL
ECLIES:TSJGAL:2004:228
Número de Recurso353/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Enero de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

01/0000353/2001 SECCION PRIMERA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA Nº 22 2004 SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO Ilmos. Sres..

D. GONZALO DE LA HUERGA FIDALGO. PTE. D. FERNANDO SEOANE PESQUEIRA.

Dª. MARIA DOLORES GALINDO GIL. En la Ciudad de A Coruña, a veintiuno de enero de dos Mil cuatro.

En el proceso contencioso- administrativo que con el número 01/0000353/2001 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por Iván , representado por el procurador D. JOSE MARTIN GUIMARAENS MARTINEZ y dirigido por el Abogado D. GUILLERMO GARRIDO COLLAZO, contra Resolución de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de fecha 24.10.00 (Subdirección Xeral de Xestión Admtva.

Persoal) sobre denegación de adjudicación de puesto de Técnico marítimo, nivel 18, en A Coruña. Es parte como demandada AGENCIA ESTATAL DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, representada y dirigida por el SR. ABOGADO DEL ESTADO; siendo la cuantía del recurso la de INDETERMINADA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que se realizó a medio de escrito en el que en síntesis contiene los siguientes HECHOS: El actor funcionario desde el año 1990, con la denominación de Axente Marítimo, Grupo C, Nivel 14, presta servicios en la Unidad de vigilancia Aduanera de A Coruña Agencia Estatal de la Administración Tributaria, presentó solicitud para participar en la convocatoria de concurso específico para la provisión de puestos de trabajo de 7 de febrero del año 2000, la plaza de Técnico Marítimo 1 le fue adjudicada a D. Eusebio , plaza de nivel 18, por consecuencia su puesto de trabajo.- Interpuesta reclamación, fue resuelta por resolución negativa.- Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes, y suplica que se dicte sentencia estimando el recurso, anulando la resolución recurrida y se le adjudique la referida plaza.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda al SR. ABOGADO DEL ESTADO, evacuó dicho traslado a medio de escrito de oposición, con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicando se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Recibido a prueba el recurso, se admitió la practicada con el resultado que obra en autos y finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito quedan las actuaciones sobre la mesa para resolver.

CUARTO

Que en la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente la Iltma Sra. DOÑA MARIA DOLORES GALINDO GIL.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Don José Martín Guimaraens Martínez, en nombre y representación de Don Iván , dirige la presente vía jurisdiccional contra resolución del Subdirector General de Gestión Administrativa de Personal de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de fecha 24 de octubre de 2000 por la que se deniega previa solicitud de adjudicación del puesto de Técnico Mecánico, nivel 18 en A Coruña que quedó vacante a resultas del concurso específico CE 1/2000 para provisión de puestos de trabajo de fecha 7 de febrero de 2000.

SEGUNDO

El recurrente es funcionario desde el año 1990 perteneciente al cuerpo de Agentes Marítimos, Personal Operativo Marítimo; Grupo C; nivel 14, prestando sus servicios en la Unidade de Vixilancia Aduaneira de A Coruña de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Desde el aludido puesto de trabajo presenta instancia de participación en el concurso específico CE 1/2000 convocado mediante resolución de 7 de febrero de 2000, solicitando entre otras plazas, la de Técnico Marítimo puesto número 621.

En la resolución del Concurso de fecha 22 de julio de 2000 - BOE de 4 de agosto - fueron adjudicadas cuatro plazas de Técnicos Marítimos a los participantes Don Augusto , Don Carlos Alberto , Don Julián y Don Blas .

Por razón del mismo concurso le es adjudicada a Don Eusebio el puesto número 669- 670 Técnico Marítimo 1, dejando vacante a resultas la plaza que ocupaba de Técnico Marítimo, Nivel 18 en A Coruña.

Mediante instancia datada el 29 de agosto de 2000 el recurrente solicitó la adjudicación de la aludida vacante por entender que concurren en él los méritos y puntuación suficiente para acceder a la misma, habida cuenta que no está prevista la amortización del puesto de trabajo y que es el único Agente Marítimo que no obtuvo plaza, dictando la Administración demandada la resolución de fecha 24 de octubre de 2000 por la que se le comunica que una vez cerrado el Concurso y publicadas las adjudicaciones, no resulta posible realizar más, añadiendo que la vacante a resultas será objeto de convocatoria en el próximo concurso, teniendo entonces oportunidad de solicitarla.

Los motivos de impugnación que hace valer en el escrito rector de la presente litis se centran en denunciar -comportamiento arbitrario de la Administración convocante toda vez que del examen comparativo de los expedientes de los adjudicatarios y del recurrente se observa una semejanza tal que hace injustificable la...

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