STSJ Comunidad de Madrid , 27 de Junio de 2000

PonenteJOSE FELIX MENDEZ CANSECO
ECLIES:TSJM:2000:8452
Número de Recurso1150/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución27 de Junio de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso 1150/97 SENTENCIA NUMERO 623 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilustrísimos señores:

Presidente.

Don José Félix Méndez Canseco.

Magistrados:

Dña. Francisca María Rosas Carrión.

D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez D. Javier E. López Candela.

En la villa de Madrid, a veintisiete de junio de dos mil. Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los daños del recurso contencioso-administrativo número 1150/97, interpuesto por D. Luis , defendido y representado por la Letrada Dña. Urquiola de Palacio y del Valle Lersundi, contra la resolución adoptada, de fecha 4.2.97, de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid, recaída en el expediente n° 711/93/13270. Siendo parte el Ayuntamiento de Madrid, representado por el Procurador D. Eduardo Morales Price.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda mediante escrito de fecha 22 de febrero de 1999, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada. Solicitando el recibimiento a prueba.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado al Procurador D. Eduardo Morales Price, para contestación demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 18 de diciembre de 1999, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida.

TERCERO

Que, por Auto de fecha 16 de febrero de 2000 , se acordó no haber lugar al recibimiento a prueba del presente recurso. Y, no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado; señalándose para la votación y Fallo del presente recurso el día 27 de junio de 2000, a las 10 horas de su mañana, en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. D. José Félix Méndez Canseco.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpuso el presente recurso contra la resolución de 4-2-97 de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid, recaída en expediente 711/93/13270, por la que se acordó iniciar en ejecución sustitutoria...

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