STSJ Canarias , 30 de Marzo de 2001

PonenteJOSE MARIA DEL CAMPO CULLEN
ECLIES:TSJICAN:2001:1305
Número de Recurso892/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Social

RECURSO NUMERO: 892-00 PRESIDENTE:

ILTMO.SR.DON.JOSE MARIA DEL CAMPO Y CULLEN.

ILTMO.SR.DON.JOSE MANUEL CELADA ALONSO.

ILMA. SRA. Dª PILAR DIAZ DE LOSADA Y HAMILTON.

En Santa Cruz de Tenerife, a, treinta de Marzo de dos mil uno. La Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife.

EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 892-00, interpuesto por Eloy , frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social núm. Tres en los Autos R.- 98-00 en reclamación de despido, ha sido Ponente el ILTMO. SR. DON JOSE MARIA DEL CAMPO Y CULLEN.

ANTECEDENTES DE HECHO

S PRIMERO.- Que según consta en Autos, se presentó demanda por Eloy , en reclamación de despido siendo demandado CONSEJERIA DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES y celebrado juicio y dictada Sentencia, el día 18 DE JULIO DE 2000, por el Juzgado de referencia, con carácter desestimatorio.

SEGUNDO

Que en la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

El actor Don Eloy presta servicio para la demanda desde el l7.10.96 con la categoría profesional de Ayudante de cocina y percibiendo una salario mensual prorrateado de 159.000 Ptas.

SEGUNDO

La relación laboral se concertó entre las partes mediante un contrato temporal de sustitución, siendo su objeto " la sustitución de Don Valentín quien se encuentra de baja por IT "enfermedad", siendo la "duración del presente contrato", hasta la incorporación del titular en el plazo legal. TERCERO: La I.T. de Doña Valentín . se prolongo hasta el 9.01.97, fecha en que recibo el alta médica. A esta período de IT de la sustituta sucedieron, sin solución de continuidad, otros dos. Un segundo período de IT. que comenzó con la baja el l0.01.97, finalizando el 29.03.98 Un tercer período de IT, que comenzó el 30.03.98 y finalizo el 29.09.99. CUARTO; Con fecha 20.12.99, el INSS comunica a la demandada Resolcuon en la que se reconocer a Doña Valentín . la IPT. QUINTO. Se ha agotada la vía administrativa previa.

TERCERO

Que por el Juzgado de lo Social núm. Tres, se dictó Sentencia, cuyo Fallo literal dice:

Que desestimando la demanda interpuesta por Don Eloy , contra CONSEJERIA DE EMPLEO ASUNTOS SOCIALES DEL GOBIERNO DE CANARIAS, debo absolver y absuelvo al Organismo demandado de los pedimentos esgrimidos en su contra.

CUARTO

Que contra dicha Sentencia, se interpuso Recurso de Suplicación por la parte DEMANDANTE, siendo impugnado de contrario. Recibidos los Autos por esta Sala, se formó el oportuno rollo y pase al Ponente. Señalandose para votación y fallo 29-1-2001.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO.La Sentencia de instancia desestima la demanda interpuesta por el actor por la que solicita se declare la improcedencia del despido pues la notificación de cese...

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