STSJ Asturias , 23 de Abril de 2004

PonenteEDUARDO GOTA LOSADA
ECLIES:TSJAS:2004:2185
Número de Recurso95/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Abril de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección : 001 OVIEDO 55820 Número de Identificación Único: 33044 3 0101771 /2000 Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000095 /2000 Sobre ADMINISTRACION LOCAL De D/ña. CONTRATAS Y VENTAS S.A. Procurador/a Sr/a. VICTOR MANUEL LOBO FERNANDEZ Contra D/ña. AYTO OVIEDO *Procurador: D. Luis de Miguel Bueres Fernández SENTENCIA nº 328 Ilmos. Sres.:

Presidente:

Dª María José Margareto García Magistrados:

D. José Manuel González Rodríguez D. Eduardo Gota Losada En Oviedo, a veintitrés de abril de dos mil cuatro.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 95 de 2000, interpuesto por la entidad mercantil CONTRATAS Y VENTAS, S. A., representada por el Procurador D. Víctor Lobo Fernández y dirigido por el Letrado D. Javier Calderón Labao, contra el AYUNTAMIENTO DE OVIEDO, representado por el Procurador D. Luis de Miguel Bueres Fernández y dirigido por la Letrada Dª Rosa María Pecharromán Sánchez, versando el recurso sobre la desestimación presunta presentada el día 20 de septiembre de 1999, sobre abono de la certificación de liquidación de las obras adjudicadas para urbanización de accesos, talud y aparcamiento en el Vertedero de Santa Marina de Piedramuelle, por importe de 4.225.746 pesetas, más los intereses de demora. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Eduardo Gota Losada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso, una vez publicado el anuncio preceptivo en el BOPA y recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para que formalizase la demanda, lo que efectuó en legal forma, en el que hizo una relación de hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia en la que, estimando íntegramente la demanda, contenga los pronunciamientos siguientes:

  1. - Se condene al Ayuntamiento de Oviedo a abonar a mi representada la cantidad de 4.225.746 pesetas, en concepto de principal, del "Proyecto Liquidación de las Obras de Aparcamiento y Acceso Vertedero de Piedramuelle", liquidación no satisfecha y que reconoce adeudar esa Corporación, como se especifica en el cuerpo de este escrito.

  2. - A los intereses de demora por el retraso en el pago de la referida liquidación, y que se dicen en este mismo escrito, que se devengan desde nueve meses después de la recepción "tácita" de la obra y hasta que se efectúe su pago y los cuales se calcularán en ejecución de sentencia.

  3. - Más los intereses de los intereses de demora, que correspondan (interés legal de los intereses de demora), si éstos llegasen a devengarse.

Que, en el caso de que la Administración demandada se opusiera a las justas pretensiones que en el presente proceso se esgrimen, sea condenada en costas, por su temeridad y mala fe. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del proceso a prueba.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia, por la que desestimando el recurso se confirme el acto administrativo recurrido, con imposición de costas a la parte recurrente.

TERCERO

Por Auto de 30 de mayo de 2003 se recibió el procedimiento a prueba, habiéndose practicado las propuestas por las partes y admitidas, con el resultado que obra en autos.

CUARTO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se acordó requerir a las partes para que formulasen sus conclusiones, lo que hicieron en tiempo y forma.

QUINTO

Se señaló para la votación y fallo del presente recurso el día veintiuno de abril pasado, en que la misma tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación procesal de la entidad mercantil demandante, se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo, la denegación presunta del Ayuntamiento de Oviedo, de la reclamación presentada el día 20 de septiembre de 1999, sobre abono de la certificación de liquidación de las obras adjudicadas para urbanización de accesos, talud y aparcamiento en el Vertedero de Santa Marina de Piedramuelle, por importe de 4.225.746 pesetas, más los intereses de demora.

SEGUNDO

En el escrito de demanda, rector del proceso que se resuelve, se recuerda que la entidad demandante fue adjudicataria de las citadas obras y una vez realizadas se redactó el proyecto de liquidación presentado en el Ayuntamiento para la emisión de la certificación pertinente, proyecto firmado de conformidad por el Director de Obra del Ayuntamiento en el mes de junio de 1996, reconociendo la deuda el Ingeniero responsable de Infraestructuras de dicha Corporación Local, alegándose jurídicamente el incumplimiento de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR