STSJ Comunidad de Madrid , 31 de Mayo de 2004
Ponente | MARIA FATIMA ARANA AZPITARTE |
ECLI | ES:TSJM:2004:7072 |
Número de Recurso | 1517/2000 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 31 de Mayo de 2004 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.3 MADRID SENTENCIA: 00780/2004 Recurso nº.1517/2000 Ponente: Sra. Fátima Arana Azpitarte Recurrente: LOS MAÑOS APROVECHAMIENTOS INDUSTRIALES, S.L. Proc. Sr. Cortina Fitera Demandado: AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES Proc. Sr. Granda Molero Secretaría: Dª Mª Teresa Barril Roche TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SENTENCIA NÚM.- 780 ILTMO. SR. PRESIDENTE D. Gustavo Lescure Ceñal ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS Dª. Fátima Arana Azpitarte D. Rafael Estévez Pendás ....................................................
En Madrid, a treinta y uno de mayo de dos mil cuatro.
Visto por la Sección del margen el recurso nº 1517/2000 interpuesto por el Procurador D. Juan Manuel Cortina Fitera, en nombre y representación de LOS MAÑOS APROVECHAMIENTOS INDUSTRIALES, S.L. contra la Resolución del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, recaída en fecha 11 de julio de 2000, notificada el 11 de septiembre de 2000, que desestimaba el recurso interpuesto frente al
Acuerdo del Pleno del mismo Ayuntamiento adoptado en sesión de 21 de marzo de 2000; habiendo sido parte demandada el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, representado por el Procurador D. José Granda Molero.
La referida representación de la parte actora interpuso el presente recurso contra la resolución reseñada, y, seguido el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, cada parte interviniente despachó, en el momento oportuno y por el orden legal conferido, el trámite correspondiente de demanda y contestación, en cuyos escritos, y conforme a los hechos y razonamientos jurídicos que constan en ellos , suplicaron respectivamente lo que a su derecho convino en los términos que figura en los mismos.
Continuando el proceso por los trámites que aparecen en los autos, siguió el de conclusiones sucintas, ratificándose cada parte en sus anteriores manifestaciones y pretensiones, y, finalmente, se señaló fecha para la votación y fallo, que tuvo lugar el día 31 de mayo de dos mil cuatro.
Siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. Fátima Arana Azpitarte
Del procedimiento resulta que en fecha 10 de noviembre de 2000 se recibió en esta Sala escrito de Dª Sandra , en su calidad de representante legal de la entidad "LOS MAÑOS...
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